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15/Jul/21 17:10
DECLARACION ANUAL POR LA FUSION

HOLA.
UNA DUDA LA EMPRESA 'A ' SE FUSIONA A LA EMPRESA 'B '. MI PREGUNTA ES. TIENE QUE PRESENTAR DECLARACION ANUAL LA EMPRESA 'A '.
CUAL SERIA EL FUNDAMENTO LEGAL
GRACIAS DE ANTEMANO
 
jfcortiz
 
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juanfcortizg
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23/Jul/21 15:47
Re: DECLARACION ANUAL POR LA FUSION

Art 9 LISR antepenúltimo párrafo.
 
Lo importante no es saber, sino tener el teléfono del que sabe.
 
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Cheque
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23/Jul/21 16:02
Re: DECLARACION ANUAL POR LA FUSION

Buena tarde Juan: En términos generales La sociedad fusionante (empresa B) tendrá que realizar la declaración anual anticipada de la fusionada (empresa A), y aun cuando el artículo 76 fracción V de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) otorga 3 meses después de que termina el ejercicio, el aviso de fusión solicita la declaración anual como requisito y otorga 1 mes después de la fusión para realizarlo.
 
'Quienes se creen extremadamente inteligentes son tontos con complejos reprimidos'. Claudia Cardinale
 
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CP_PACO
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