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10/May/21 11:23
CANCELACION CFDI

Hola
Buenos dias

En febrero pagamos a un proveedor la compra de una mercancía, emitiéndonos el CFDI correspondiente, sin embargo aun no nos entregaba el producto.

En Mayo nos informa que no podrá entregarnos la mercancía y nos devuelve el pago que efectuamos.

¿Es correcto que cancele la factura emitida anteriormente o nos tendría que efectuar una nota de crédito?

Nosotros efectúamelos el acreditamiento de IVA en febrero, y ahora como lo pagaría

Agradecería me pudieran ayudar

Gracias
 
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BERNABE
Soldado

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10/May/21 16:16
Re: CANCELACION CFDI

La NC es para bonificación, descuento o devoluciones, los cuales no aplican en este caso, lo que hizo tu proveedor es correcto. Tienes 2 opciones: 1, presentar complementaria del mes de pago cancelando el IVA acreditable. 2, hacer la cancelación del IVA acreditable en el mes de la cancelación, restando del IVA acreditable del mes, el IVA de esta transacción.
 
Lo importante no es saber, sino tener el teléfono del que sabe.
 
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Cheque
General de Brigada

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10/May/21 18:40
Re: CANCELACION CFDI

Nosotros efectúamelos el acreditamiento de IVA en febrero, y ahora como lo pagaría
Procedería efectuar ajuste en el IVA Acreditable en el periodo en el que efectivamente se hace la cancelación de la operación
 
'Quienes se creen extremadamente inteligentes son tontos con complejos reprimidos'. Claudia Cardinale
 
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CP_PACO
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