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26/Abr/21 13:09
Avisos de compensacion

Buenas Tardes


Me podrían ayudar si un contribuyente presenta un saldo a favor en su declaración anual 2020 debe o no presentar aviso de compensación para los pagos provisionales2021, si el saldo a favor es por ISR del ejercicio y lo va a compensar con ISR propio del 2021 y cual seria el sustento juridico

Gracias
 
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analeonor
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26/Abr/21 14:04
Re: Avisos de compensacion

Ana:

Cumplimiento de la obligación de presentar aviso de compensación
2.3.12. Para efectos del artículo 23, primer párrafo del CFF, los contribuyentes que presenten sus declaraciones de pagos provisionales, definitivos o anuales a través del 'Servicio de Declaraciones y Pagos', a que se refieren las Secciones 2.8.1. y 2.8.4., en las que resulte saldo a cargo por adeudo propio y opten por pagarlo mediante compensación de cantidades que tengan a su favor, manifestadas en declaraciones de pagos provisionales, definitivos o anuales correspondientes al mismo impuesto, presentados de igual forma a través del 'Servicio de Declaraciones y Pagos', tendrán por cumplida la obligación de presentar el aviso de compensación, así como los anexos a que se refiere la regla 2.3.9.
No obstante lo anterior, tratándose de contribuyentes personas físicas que tributan en el Título IV, Capítulo II, Sección II de la Ley del ISR, deberán presentar la información que señala la regla 2.3.9., fracción II.
CFF 23, 31, RMF 2021 2.3.9., 2.8.1., 2.8.4.
 
'Quienes se creen extremadamente inteligentes son tontos con complejos reprimidos'. Claudia Cardinale
 
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CP_PACO
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