Les comparto una duda, un contribuyente que actualmente tributa en el RIF realizará la venta de un inmueble a otra PF en estimado $3.5MDP
La duda que me genera es si ¿por el monto de la venta, el contribuyente debe salir de RIF?, pues él no se dedica a la venta de inmuebles, pero por el valor de la venta me hizo dudar.
Con el tema del pago del impuesto, es algo complicado, considerando que al parecer no tiene documentos para demostrar la adquisición y construcción para poder exentar las 700 000 udis, el monto estimado del impuesto al 30%?
Agradezco los comentarios, tanto por el tema del rif como el isr a pagar.
No podrías ser RIF ya sea por el tope de los ingresos e igualmente el Art. 111 Fracc. II te indica que no podrán ser RIF los contribuyentes que realicen actividades relacionadas con bienes raíces...
'Quienes se creen extremadamente inteligentes son tontos con complejos reprimidos'. Claudia Cardinale