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16/Abr/21 18:11
cedular Gto

Buenas tardes

Espero puedan darme su opinión:

Impuesto cedula 1 arrendamiento y 2 honorarios
1. PM paga arrendamiento de local en guanajuato (se abrió una sucursal) nos solicitan retener el cedular y enterarlo.

2. Pagamos honorarios a personas fisicas:
2.1. Pagamos antes de abrir la sucursal, no teniamos ningun domicilio allá. Nos piden retener el cedular.
2.2. Pagamos despúes de abrir la sucursal. Nos piden retener el cedular.

Leyendo los art. de la sección II Y III de la Ley de Haciendo del Estado de Guanajuato vemos que los residentes en el estado (PM en nuestro caso) están obligados a efectuar la retención del cedular.

Quienes son los 'Residentes en el estado'? Art. 13 Fracc II Codigo Fiscal del Estado.
Las personas morales que hayan establecido su domicilio o la administración principal
del negocio o su sede de dirección efectiva en territorio estatal, entendiéndose por esta
última el lugar en donde se toman o ejecutan las decisiones de control, dirección,
operación o administración de la persona moral y de las actividades que ella realiza.


En base a lo anterior:
Una PM que tiene 1 domicilio fuera del estado, así como 2 la que solo tiene sucursales (mas no su domicilio o admon principal) no estarían obligadas a reneter, correcto?

Saludos
 
cj
 
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cjlopezasesoria
Mayor

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16/Abr/21 20:33
Re: cedular Gto

Pones que es residente, pero no pones el wording de la obligación de retención para poder opinar mejor.
 
Lo importante no es saber, sino tener el teléfono del que sabe.
 
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Cheque
General de Brigada

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16/Abr/21 22:57
Re: cedular Gto

Cuando los ingresos a que se refiere esta Sección se obtengan por pagos que efectúen las personas morales con domicilio fiscal dentro del territorio del Estado de Guanajuato, éstas deberán retener por concepto del impuesto correspondiente, el equivalente al cincuenta por ciento del monto que resulte de aplicar la tasa establecida para dicho tributo en la Ley de Ingresos para el Estado de Guanajuato, sin deducción alguna, debiendo proporcionar a los contribuyentes constancia de la retención; dichas retenciones deberán enterarse en el mismo periodo que se establece para el pago de éste impuesto.
 
'Quienes se creen extremadamente inteligentes son tontos con complejos reprimidos'. Claudia Cardinale
 
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CP_PACO
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