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15/Abr/21 15:35
Deposito por incapacidad de maternidad

Hola estimados, como siempre agradezco su apoyo...
Estoy por presentar una declaracion de PF, que solo tiene sueldos y salarios, sin embargo
me esta comentando que durante el ejercicio 2020 tuvo unos depositos por parte del IMSS por su incapacidad por maternidad mas menos 60,000 mil pesos

Aqui mi duda es sí debe de considerarse como ingresos exento apegandome al art 93LISR ... pero debo de informarlo en la anual como dato informativo?


Gracias
 
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AndyMoras
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15/Abr/21 16:07
Re: Deposito por incapacidad de maternidad

Buena tarde Andy: Si bien es cierto que no se pagará el ISR por el pago de indemnizaciones por riesgos de trabajo o enfermedades concedidas de acuerdo con las leyes (art. 109, fracc. II, LISR), en el apartado de datos informativos no viene considerado.
 
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CP_PACO
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16/Abr/21 10:51
Re: Deposito por incapacidad de maternidad

Muchas gracias !!!!!! efectivmante no viene un rubro para este concepto
 
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AndyMoras
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16/Abr/21 11:16
Re: Deposito por incapacidad de maternidad

Es correcto Andy y de la sección de preguntas del SAT.

4. En los casos donde el trabajador está de incapacidad y el patrón no le realiza pago debido a que no tiene obligación de hacerlo, es decir 'incapacidad sin goce de sueldo', ¿se debe expedir el CFDI de nómina?

No; cuando no exista un pago al trabajador no se debe emitir el CFDI con el complemento de nómina, esto ya que la obligación de emitir el comprobante se genera por el hecho de hacer el pago de sueldos y salarios, entendiéndose por este las percepciones, comisiones, prestaciones en especie y cualquiera otra cantidad o prestación que se entregue al empleado por su trabajo.

Fundamento legal: Artículos 99 fracción III de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, 132 fracción VII y 804 primer párrafo fracción II de la Ley Federal del Trabajo.
 
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