¿Alguien ha aplicado el estímulo del artículo 185 considerando la última parte del primer párrafo?
'cuando se efectúen antes de que se presente la declaración respectiva...'
Por lo que entiendo, se puede contratar hoy 06 de abril y deducir en la anual 2020, ¿alguien lo ha aplicado de esta manera? ¿no hay alguna limitante porque el CFDI no sería del ejercicio de la declaración?
Mensajes:
214 Ingresó:
Octubre 08, 2015 Ubicación:
Conectado
Agregar como amigo
06/Abr/21 19:34
Re: ESTÍMULO ARTÍCULO 185
Buena tarde Alex: Estos pagos pueden realizarse durante el ejercicio en el que se pretenda hacer la deducción o a más tardar el día en que la persona física presente la declaración anual del mismo; es decir, a más tardar el 30 de abril de 2021 para incluirlos como una deducción en la declaración de 2020.
'Quienes se creen extremadamente inteligentes son tontos con complejos reprimidos'. Claudia Cardinale
Mensajes:
14647 Ingresó:
Marzo 10, 2005 Ubicación:
Conectado
Agregar como amigo
21/Abr/21 17:46
Re: ESTÍMULO ARTÍCULO 185
Que tal, CP_PACO, de antemano una disculpa por la demora en responder y muchas gracias por tu comentario.
Entiendo la parte que comentas, así lo dispone el art. 185, pero me queda la duda respecto de la factura, ya que no se menciona nada, ¿no hay problema si también corresponde a un ejercicio distinto al que se pretende aplicar la deducción? mi inquietud surge también porque en el aplicativo de la declaración anual, no te permite poner una fecha de CFDI que corresponda a un ejercicio distinto, es decir, facturar y pagar ahorita en abril 2021 y deducir en 2020.
¿Has aplicado este estímulo de esta manera con el 'brinco' de ejercicio? en mi caso solo me ha tocado aplicarlo siempre que se factura y pague en el mismo ejercicio.