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26/Mar/21 19:56
DEPRECIACION EN PERSONA MORAL SIN OPERACIONES

BUENAS TARDES


SI UN APERSONA MORAL, NO TIENE OPERACIONES PERO TIENE ACTIVOS PENDINTES DE DEPRECIAR FISCALMENTE DEBE DE DEPRECIARLOS AUNQUE SE GENEREN PERDIDAS FISCALES POR DEPRECIACION
 
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analeonor
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26/Mar/21 20:40
Re: DEPRECIACION EN PERSONA MORAL SIN OPERACIONES

Buenas tardes analeonor:


UNAPERSONA MORAL, NO TIENE OPERACIONES

No tiene operaciones, supongo que nadie trabaja estos activos fijos, ¿verdad?

PERO TIENE ACTIVOS PENDINTES DE DEPRECIAR FISCALMENTE

Pendientes de depreciar. Porque señala pendientes, porque no los deprecian o no entiendo lo de pendientes.

La teoria señala se deprecian activos o inversiones, siempre que se esten empleando. No los empleamos, no se deprecian

La depreciacion es el equivalente a que los activos van demeritandose, hechandose a perder y al final de su vida util PROBABLE, quedarian casitigados a resultados y en libros quedariamos ya practicamente obsoletos o inservibles

DEBE DE DEPRECIARLOS AUNQUE SE GENEREN PERDIDAS FISCALES

Pues conforme a lo anterior, Usted debe responderse a si mismo, salvo que encuentre unas bases para que justifique depreciarse.

En la LISR tiene dos opciones para iniciar la depreciación fiscal por inversiones. A partir del mes siguiente en que fueron adquiridos y a partir del siguiente ejercicio de su adquisición
Ver articulo 31 párrafo quinto de la LISR, mismo que se incluye a continuación:

Las inversiones empezarán a deducirse, a elección del contribuyente, a partir del ejercicio en que se inicie la utilización de los bienes o desde el ejercicio siguiente. El contribuyente podrá no iniciar la deducción de las inversiones para efectos fiscales, a partir de que se inicien los plazos a que se refiere este párrafo. En este último caso, podrá hacerlo con posterioridad, perdiendo el derecho a deducir las cantidades correspondientes a los ejercicios transcurridos desde que pudo efectuar la deducción conforme a este artículo y hasta que inicie la misma, calculadas aplicando los por cientos máximos autorizados por la presente Ley.


saludos
 
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ers9727
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26/Mar/21 21:59
Re: DEPRECIACION EN PERSONA MORAL SIN OPERACIONES

En el entendido de que los activos contribuyeron a la generación de ingresos en periodos anteriores sería valido continuar con su depreciación.
 
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CP_PACO
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