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19/Mar/21 17:07
Declaración del Ejercicio por terminación Anticipada ¿ se puede dejar sin efectos?

Estimados foristas.

Buenas tardes, me acerco a ustedes con la siguiente duda:

Tengo un tema con un cliente tratando de entrar a liquidación desde hace casi un año, los cuales por recomendación de unos asesores , en junio de 2020 presentaron la declaración anual con tipo 'del Ejercicio por terminación Anticipada' cuando aun no teniamos ni cita para iniciar el tramite de aviso de inicio de liquidación.

Cuando el tramite se presento resulto que al estar s en proceso de inscripción en Registro publico y al indicarse en el acta que los poderes del liquidador entraban en vigor al tener esta incripción el tramite fue rechazado.

La pregunta es, si podemos presentar una declararción anual normal al cierre de 2020, tratando de dejar sin efecto la presentada en junio, lo ven viable?

a la fecha seguimos sin tener la inscripción del registro publico y en consecuencia el tramite de liquidación no ha iniciado.

Saludos.
 
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APG
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19/Mar/21 17:21
Re: Declaración del Ejercicio por terminación Anticipada ¿ se puede dejar sin efectos?


a la fecha seguimos sin tener la inscripción del registro publico y en consecuencia el tramite de liquidación no ha iniciado.


Buena tarde APG: En este caso, para efectos fiscales y legales el contribuyente no esta formalmente en liquidación, por lo cual debes de dejar sin efectos la declaración presentada en junio.
 
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CP_PACO
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