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17/Feb/21 15:28
CFDI POLIZA DE SEGUROS

Buenas tardes
Soy una persona moral que recibio un CFDI por cobertura de un seguro para nave industrial.
En DICIEMBRE 2020 unicamente pague el 50% del valor total y el resto se pagara hasta Junio 2021.
Se que como persona moral independientemente este pagado o no en su totalidad puedo deducirlo sin problema alguno.

Pero me llama la atencion la redaccion del articulo 25 de la LISR, en donde me indica como puedo deducir los pagos anticipados, quiero pensar que este articulo aplica unicamente para aquellos gastos en donde aun no cuento con el CFDI que ampare la totalidad del gasto.

Que opinan_
Entra el 100% en 2020 o solo el 50%.

Muchas gracias.
 
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RLOPEZR
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17/Feb/21 16:04
Re: CFDI POLIZA DE SEGUROS

Fiscalmente deduces el 100% en 2020, para efectos contables vas amortizando la póliza conforme se vaya devengando, de forma que en 2021, tendrás una deducción contable no fiscal.
 
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CP_PACO
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18/Feb/21 01:20
Re: CFDI POLIZA DE SEGUROS

Code:
oy una persona moral que recibio un CFDI por cobertura de un seguro para nave industrial.
En DICIEMBRE 2020 unicamente pague el 50% del valor total y el resto se pagara hasta Junio 2021.

Recibiste CFDI y pagas 50%, depende a que tipo de contribuyente le pagaste. Si es como tu PM Titulo II, afirmativo deduces al 100%.

Si fuera un persona física, pues en definitivo, solo deducen la parte pagada y comprobada.

Si ellos (proveedor de seguros) acumulan conforme al cobro, entonces solo deduces la parte pagada

Se que como persona moral independientemente este pagado o no en su totalidad puedo deducirlo sin problema alguno.

No siempre es lo que has comentado, te lo conteste en la anterior pregunta.

Pero me llama la atencion la redaccion del articulo 25 de la LISR, en donde me indica como puedo deducir los pagos anticipados, quiero pensar que este articulo aplica unicamente para aquellos gastos en donde aun no cuento con el CFDI que ampare la totalidad del gasto.

Interpretas equivocadamente, sin CFDI no tienes derecho a deducción, nunca, ni aunque pague 20, 100, o 1 millón de veces el valor de los seguros

Los anticipos de clientes, son acumulables al 100% los factures (dejan de ser anticipos) no factures, pues en la contabilidad un anticipo quiere decir que tiene una provision puente, que representa una cancelacion, pero no puedes aplicar la cancelacion por eso se manda pasa a ser una provision de anticipos. Cuando se haga la factura, registras la provision conforme a este documento. Pero como el anticipo es un pago parcial, en ese momento cancelas la provision puente y pasas a generar una cancelación parcial (es la aplicación del anticipo)

Por otra parte un anticipo de proveedores su 100% es no deducible, no importa el valor, si se pago mucho, poco, te solicitan . El registro de contabilidad es semejante el procedimiento del anticipo de clientes, solo que como una cuenta de activo y solo que nombrada a anticipo a proveedores

Que opinan_
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ers9727
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