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17/Feb/21 10:06
Criterio PRODECON vigente cierre 2020

Buenos días, ¿ cómo puedo saber si un criterio PRODECON es vigente para cierre del ejercicio 2020?
Podrían orientarme
 
&CH
 
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anaili
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17/Feb/21 10:15
Re: Criterio PRODECON vigente cierre 2020

Buen día Anaili: Te comparto el link de la PRODECON para que puedas verificar los criterios emitidos durante el 2020

http://www.prodecon.gob.mx/index.php/61-que-es-prodecon/marco-normativo/criterios-normativos-y-sustantivos
 
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CP_PACO
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18/Feb/21 14:00
Re: Criterio PRODECON vigente cierre 2020

El Criterio de la PRODECON es lo mismo que Usted saque su criterio propio. EL SAT tiene los suyos, cada quien saca su criterio, otros no los tiene

Que sean validos ese es el verdadero problema.

Si nota que algun criterio es funcional, es decir llevando a la practica no presenta consecuencias y va cumpliendo con la ley, mientras no cambie la ley, pues ese criterio digamos que asi nos dariamos cuenta que es valido. Hay que estudiarlos, verlos, analizando los criterios para anticipar esa validez
 
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ers9727
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18/Feb/21 14:03
Re: Criterio PRODECON vigente cierre 2020

Precisamente los criterios de la PRODECON son con base en los casos que se han presentado...
 
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18/Feb/21 14:15
Re: Criterio PRODECON vigente cierre 2020

Dependerá del contenido del criterio, si es en base a una interpretación de un texto de Ley por ejemplo y aquella disposición de Ley no ha sido modificada, o bien, que no se hubiera emitido un criterio jurisprudencial que se contraponga, este aún será vigente de manera orientativa como bien lo han mencionado.

Saludos!
 
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19/Feb/21 11:46
Re: Criterio PRODECON vigente cierre 2020

Cualquier criterio pudiera ser orientador. Lo importante que el criterio contenga fundamentos para poderlo estudiar y analizarlo. Para decidir y hacerlo para el desarrollo de la acción propia.

Los criterios de las jurisprudencias o tesis de sentencias pudieran ser reveladores porque los realizan personas mas doctas en las leyes. Los mejores especialistas en el país.

Existen varios peligros de escogerlas

1. es que no las entendamos, no están realizadas bajo un lenguaje coloquial y en la mayoría de las veces es mucho muy técnico o profesionalizado al área jurídica.
2.- Es que es un traje a la medida de caso concreto. No lo queramos poner, pues si estamos muy gorditos o mas flaquitos, pues no va para nuestro caso. Además esta es una ley particular para esas personas que las enjuiciaron. El resto de los mortales debemos acatar la ley, no la jurisprudencia o la tesis
3.- A veces existen tesis o jurisprudencias en contradicción. No es que estén las otras o estas mal. Ambas se dirimen sobre perspectivas distintas y demanda derechos distintos, a pesar de ser similares las situaciones. La estrategia fue abordada de manera distinta.
4.- En ocasiones si requerimos profundizar en el estudio de todo el caso en concreto, pues tendríamos todos los alcances del caso en concreto por la tesis o jurisprudencia para compararlos nuestro caso, deben coincidir en semejanza como una llave a una cerradura.

A veces es mas sencillo leer la ley de manera directa e interpretarla nosotros mismos, luego ya comparamos nuestro criterio con el del SAT, PRODECON o TESIS y JURISPRUDENCIAS, LA DE ALGUN ABOGADO u OTRO CONTADOR.
 
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ers9727
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19/Feb/21 14:02
Re: Criterio PRODECON vigente cierre 2020

https://www.prodecon.gob.mx/index.php/home/marco-normativo/criterios-normativos-sustantivos-jurisdiccionales
 
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