Se trata de una PF con Act. Emp. contrato un seguro para su automovil que claro usa para su negocio mi duda es si la factura de este seguro es deducible en el mes que se pago al 100% o hay alguna limitante
Para deducir un gasto de una inversión, requiere primero reconocerse si el bien se emplea para fin del negocio (fracción II) y cumplir con TODOS los requisitos del artículo 105 de la LISR en especial apego a las fracciones II, III y V, pero también te remitirían a los relativos artículos del 31 al 38 de la LIR. Si el gasto es parcialmente deducible, sus accesorios y demás gastos que también lo serían en la misma proporción, lo mismo con el acreditamiento del IVA correspondiente. No pudiendo deducir a gasto el resto del IVA no acreditable Lo anterior conforme a los artículos 36 fracción II de la LISR y el 5o. de la LIVA
Saludos
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14/Feb/21 13:40
Re: EL SEGURO DE UN AUTOMOVIL ES DEDUCIBLE
Sensor: primero que nada, la adquisición del bien fue afectó a tu actividad? De ser así puedes considerar como estrictamente indispensable la erogación.
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