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10/Feb/21 15:50
Cancelacion CIEC vigencia 4 años?

Buenas tardes.

Sobre renovar la contraseña de CIEC y su vencimiento el día de mañana para tal trámite ¿han podido hacerla?

Sobre la SEGUNDA Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2020 y su Anexo 1, publicada el 24/07/2020, señala que:

Valor probatorio de la Contraseña
2.2.1. Para los efectos del artículo 17-D del CFF, la Contraseña se considera una firma electrónica que funciona como mecanismo de acceso en los servicios que brinda el SAT a través de medios electrónicos, conformada por la clave en el RFC del contribuyente, así como por una contraseña que él mismo elige, la cual podrá cambiarse a través de las opciones, por medios electrónicos, que el SAT disponga para tales efectos.

La Contraseña sustituye la firma autógrafa y produce los mismos efectos que las leyes otorgan a los documentos correspondientes, teniendo igual valor probatorio.

La Contraseña tendrá una vigencia de 4 años, contados a partir de la generación o la última actualización que se realice, la cual se deberá renovar por cualquiera de los medios que el SAT ponga a disposición.

La solicitud de generación, actualización o renovación de la Contraseña deberá realizarse de conformidad con la ficha de trámite 7/CFF 'Solicitud de generación, actualización o renovación de la Contraseña', contenida en el Anexo 1-A.

Al momento de realizar el trámite, el SAT podrá requerir información y documentación adicional que permita acreditar de manera fehaciente la identidad, domicilio y, en general, la situación fiscal de los solicitantes, representantes legales, socios o accionistas, entregando el 'Acuse de requerimiento de información adicional, relacionada con su situación fiscal'.

Los solicitantes a quienes se requiera información y documentación de acuerdo con lo señalado en el párrafo anterior, tendrán un plazo de seis días contados a partir del día siguiente al de la presentación de la solicitud de generación, actualización o renovación de la Contraseña, para que aclaren y exhiban la información o documentación requerida, de conformidad con la ficha de trámite 197/CFF 'Aclaración en las solicitudes de trámites de Contraseña o Certificado de e.firma', contenida en el Anexo 1-A, en la ADSC en la que iniciaron el citado trámite o a través de los medios electrónicos que, en su caso, determine el
SAT.

En caso de que en el plazo previsto en el párrafo que antecede no se realice la aclaración, se tendrá por no presentada la solicitud de generación, actualización o renovación de la Contraseña.

La ADSC resolverá la aclaración en un plazo de diez días contados a partir del día hábil siguiente a aquél al que se recibió la misma. Para conocer la respuesta, el solicitante acudirá a la ADSC en la que presentó su trámite de aclaración.

Cuando la aclaración haya sido procedente, el contribuyente deberá generar, actualizar o renovar la Contraseña utilizando su e.firma a través del Portal del SAT.

En caso contrario, se tendrá por no presentada la solicitud, dejando a salvo el derecho del contribuyente para volver a presentar el trámite.

Los contribuyentes personas físicas mayores de edad inscritos en el RFC, podrán presentar la solicitud de generación, actualización o renovación de la Contraseña, a través del servicio SAT ID, cumpliendo con los requisitos previstos en la ficha de trámite 7/CFF 'Solicitud de generación, actualización o renovación de la Contraseña', contenida en el Anexo 1-A.

Para los efectos del párrafo anterior, la solicitud se tendrá por presentada cuando se acredite la identidad del contribuyente con los elementos aportados, en caso contrario, el contribuyente podrá realizar nuevamente su solicitud.

Para los efectos del artículo 17-H, fracciones III, IV y V del CFF, cuando a través de los avisos presentados ante el RFC, se acredite el fallecimiento de la persona física titular del certificado, o bien, la cancelación en el RFC por liquidación, escisión o fusión de sociedades, la autoridad fiscal considerará que con dichos avisos también se presenta la solicitud para dejar inactiva la Contraseña.

Cuando la autoridad fiscal identifique que el contribuyente se ubica en alguno de los supuestos previstos en el artículo 17-H Bis del CFF, podrá restringir temporalmente la Contraseña, hasta que el contribuyente aclare o desvirtúe dicho supuesto, de lo contrario se podrá bloquear el certificado.
 
 
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neonato
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10/Feb/21 16:51
Re: Cancelacion CIEC vigencia 4 años?

A inicios de esta semana un contribuyente pudo generar mediante el aplicativo su clave CIEC por primera ocasión, entiendo que es el mismo para el caso de la actualización pero no veo cual sea la diferencia, al menos las opciones que se visualizan son de Iniciar trámite de generación de contraseña o de renovación de Efirma.
 
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CP_PACO
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11/Feb/21 12:50
Re: Cancelacion CIEC vigencia 4 años?

Hola buen día, :

FIEL = Contraseña móvil = e.Firma son lo mismo. FIRMA ELECTRONICA AVANZADA lo mismo que una firma autógrafa (escrita)

Se tramita a través de una cita. (No hay citas) Pero si conservamos los 2 archivo y esta caduca, contamos con la contraseña. Es posible renovarla a través del auto-aplicativo SAT ID. Claro esta que no este caduca por mas de 1 año. SOLO POR PERSONA FISICAS.

https://satid.sat.gob.mx/

En los demás casos, solo es posible la opción de las citas presenciales por los representantes o titulares de estas FIELs

Saludos
 
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11/Feb/21 12:59
Re: Cancelacion CIEC vigencia 4 años?

https://www.sat.gob.mx/tramites/38517/generacion-y-actualizacion-de-contrasena-para-persona-fisica
 
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CP_PACO
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11/Feb/21 17:15
Re: Cancelacion CIEC vigencia 4 años?

Buenas tardes.

Ayer renové contraseñas, creen que en realidad vayan a cancelar las que no se renovaron? Por que no creo que les sea conveniente tener mas gente en las ALAC haciendo trámites presenciales.

Saludos
 
 
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neonato
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11/Feb/21 17:25
Re: Cancelacion CIEC vigencia 4 años?

Entendería que por la situación debiera de caber un poco de cordura en la autoridad y no aplicar estrictamente la disposición, finalmente la CIEC es un auxiliar en los aplicativos pero la que realmente importa es la Efirma.
 
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12/Feb/21 13:31
Re: Cancelacion CIEC vigencia 4 años?

Neonato: Comparto link de una publicación reciente de Fiscalia al respecto...

https://www.fiscalia.com/publicaciones/15183
 
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