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02/Feb/21 16:46
aviso de destrucción de residuos peligrosos

Buenas tardes

Mercancía que no podíamos mantener en el almacén por ser peligrosa y que se ha llevado a quien maneja residuos peligrosos , ya no se comercializo y no ha entrado a almacén por lo que consulte obteniendo que debemos hacer un aviso , el cual a
hasta donde comprendemos debería hacerse 30 dias antes

Pero apenas estaríamos realizado cuando los hechos ya sucedieron , razón por la consulto con ustedes si hay alguna repercusión y si l autoridad debía presenciar la destruccion o autorizarla antes .

Les agradezco por sus comentarios
Gracias
Athenas
 
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Athenas7
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02/Feb/21 17:12
Re: aviso de destrucción de residuos peligrosos

Buena tarde Athenas: No es requisito indispensable que la autoridad este presente durante la destrucción del inventario, mas si lo es, el hacer el procedimiento del aviso en el portal de la autoridad en el plazo que comentas.
 
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02/Feb/21 17:33
Re: aviso de destrucción de residuos peligrosos

Gracias por su comentario contador

Usted consideraría que aplica la espontaneidad una salvedad al realizarlo lo mas inmediatamente posible a pesar de los hechos ya sucedido?

Le agradezco su comentario , soy bastante novata en este tema y quiero estar mas clara de lo correcto bajo esta situación.

Saludos
Athenas
 
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Athenas7
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02/Feb/21 17:35
Re: aviso de destrucción de residuos peligrosos


Hola buenas tardes Athenas7:

El requisitos es que presentes un aviso de destrucción de mercancías, señales la fecha cuando se llevara a cabo y la hora. Si llegan los del SAT mandarían un actuario. No llega sigue con el procedimiento.

Como señalas que son residuos peligrosos, contacta a los de la SENARNAT y STPyS con el fin de aplicar los PROTOCOLOS correspondientes, ver si hay NOM - Normas Oficiales Mexicanas al respecto, con la finalidad de no realizar actividades no protocolarias o procedimientos que se omitan por los delicado de proceso. Aterriza también con Protección Civil este tipo de procedimientos.

Liga para la presentación del aviso:
https://www.sat.gob.mx/tramites/97905/avisos-de-donacion-y-destruccion-de-mercancias-que-han-perdido-su-valor

Liga de la fundamentación juridica impositiva de la destrucción de inventarios:
https://siat.sat.gob.mx/app/destruccion/muestraPdf.jsp%3FFile%3DNormatividad.pdf

Saludos


Editado: Febrero 02, 2021 17:36:50
 
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ers9727
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02/Feb/21 18:11
Re: aviso de destrucción de residuos peligrosos

Athenas: Desde mi punto de vista ya no procedería la espontaneidad, independientemente de que envies el archivo con fecha de hoy, no cuadraría con la información y el reporte que te hará el proveedor del servicio, el cual indicaría que el proceso se hizo semanas atrás.
 
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CP_PACO
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03/Feb/21 09:10
Re: aviso de destrucción de residuos peligrosos

Hola buenos días, Athenas7:

para los fines del derecho fiscal, todo lo impositivo, si prevalece la espontaneidad de conformidad al artículo 73 del CFF y con esto me refiero a lo del aviso correspondiente ante el SAT.

Desde un punto de vista, del derecho administrativo, ecológico u otro que en lo que incida este asunto. No existe ni la oportunidad de actos espontáneos como los tasados en el CFF.

Sin embargo, una reprogramación de la fecha, ayudaría mucho en especial si no hemos cumplido con los protocolos adecuados antes señalados.

En todo momento el protocolo de contingencia y procuración debiera estar activo, así como el de mitigaciones en caso de desastre, accidentes o derrames.

Saludos
 
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ers9727
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03/Feb/21 09:15
Re: aviso de destrucción de residuos peligrosos

Athenas: Si logras que tu proveedor rectifique la fecha del proceso por una posterior a la fecha de envío del aviso y siempre y cuando la autoridad no haga acto de presencia, estarías en condiciones de reunir todas y cada una de los requisitos para la destrucción de tu inventario.
 
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