Foros


Inicio » Fiscal

Página: 1

Mensaje Autor

Arriba
13/Ene/21 20:52
Deducción de inversiones en reanudación de actividades

Hola colegas. Una persona física por servicios profesionales en mayo 2020 se compró una computadora la cual estaba deduciendo vía depreciación, pero en julio se quedó sin proyectos y suspendió actividades, y ahora en enero 2021 reanudó actividades por honorarios, mi pregunta es si la depreciación de julio a diciembre 2020 ya se perdió o si se pueden recorrer los meses de deducción, es decir, enero 2021 considerarlo como el mes 3ro de uso y febrero el 4o mes de uso, etc.

Gracias! de antemano
 
Perfil

Articulacion
Cabo

Mensajes: 44
Ingresó: Enero 27, 2014
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
13/Ene/21 21:17
Re: Deducción de inversiones en reanudación de actividades

Es viable tu consideración con fundamento en lo siguiente...

Artículo 31 LISR. Las inversiones únicamente se podrán deducir mediante la aplicación, en cada ejercicio, de los por cientos máximos autorizados por esta Ley, sobre el monto original de la inversión, con las limitaciones en deducciones que, en su caso, establezca esta Ley. Tratándose de ejercicios irregulares, la deducción correspondiente se efectuará en el por ciento que represente el número de meses completos del ejercicio en los que el bien haya sido utilizado por el contribuyente, respecto de doce meses. Cuando el bien se comience a utilizar después de iniciado el ejercicio y en el que se termine su deducción, ésta se efectuará con las mismas reglas que se aplican para los ejercicios irregulares.
 
'Quienes se creen extremadamente inteligentes son tontos con complejos reprimidos'. Claudia Cardinale
 
Perfil

CP_PACO
General Brigadier

Mensajes: 14650
Ingresó: Marzo 10, 2005
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo


Página: 1