21/Oct/20 18:09
Re: Avisio de Inicio de Operaciones SAT ( 9/IVA) Anexo 1 RMF
Dicho trámite se ocupa para que la autoridad pueda identificar el periodo de ajuste del IVA acreditable del periodo preoperativo y de inversiones.
9/IVA Informe de inicio de actividades
¿Quiénes lo presentan?
Personas físicas y morales que en período preoperativo realicen gastos o inversiones.
Personas físicas y morales que realicen inversiones una vez iniciadas sus actividades.
¿Dónde se presenta?
En el Portal del SAT.
¿Qué documento se obtiene?
Acuse de recibo.
¿Cuándo se presenta?
Este aviso se deberá presentar en el mes en el que el contribuyente inicie sus actividades en el caso que se trate de gastos o inversiones en período preoperativo y antes del doceavo mes al en que se deba realizar el ajuste en el caso de que se trate de inversiones realizadas una vez iniciadas sus actividades.
Requisitos:
Se deberá informar el mes en el que se iniciaron actividades, debiendo adjuntar los documentos que acrediten el inicio, como pueden ser, de manera enunciativa y no limitativa, los siguientes:
1. Reporte de los CFDI emitidos.
2. Declaración en la que conste los ingresos obtenidos y el valor de actos o actividades realizados.
3. Contratos celebrados con clientes.
4. Estados de cuenta que reflejen la recepción de recursos por pagos derivados de las actividades realizadas.
5. Documento que ampare el cumplimiento de la presentación de la contabilidad en medios electrónicos o a través de la aplicación “Mis cuentas”.
Condiciones:
No aplica.
Información adicional:
No aplica.
Disposiciones jurídicas aplicables
Art. 5 Ley del IVA; Regla 4.1.10. RMF.
'Quienes se creen extremadamente inteligentes son tontos con complejos reprimidos'. Claudia Cardinale