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15/Oct/20 17:19
NUEVA LINEA DE CAPTURA DE PAGO EN PARCIALIDADES

Buenas Tardes:

Si tenia un Línea de Captura por Pago en Parcialidades de la Declaración Anual de PF y no pude pagarla.
¿Cómo Genero una Nueva Línea de Pago?
 
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Jlopez2130
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15/Oct/20 18:20
Re: NUEVA LINEA DE CAPTURA DE PAGO EN PARCIALIDADES

Fuente de informacion:
https://www.sat.gob.mx/tramites/89277/paga-tus-adeudos-fiscales-a-plazos-o-en-un-solo-pago

Cuando no cumplas con alguno de los requisitos señalados en el punto 1 de esta sección, se te requerirá información a fin de que en un plazo de cinco días hábiles siguientes, cumplas con los requisitos omitidos.


Cuando no pagues oportunamente alguna parcialidad deberás solicitar un nuevo FCF (Línea de captura) que incluya la actualización y recargos por mora aplicables para el pago respectivo, mismo que deberás solicitar conforme a lo señalado en el punto 3 de esta sección.


3.- Para obtener los formatos de pago de las mensualidades siguientes, puedes hacerlo:
A través de una Solicitud a través de Mi portal para que los FCF (Líneas de captura) se te envíen como respuesta a la misma.
A través de MarcaSAT: 55 627 22 728, opción 9, 1, proporcionando el correo electrónico para su envío a través de ese medio.
En la Administración Desconcentrada de Recaudación donde hayas realizado tu trámite.
A través de tu Buzón Tributario
 
LA PREPOTENCIA TE HACE FUERTE UN DIA.......LA HUMILDAD PARA SIEMPRE.
 
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vabdo
General de Brigada

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15/Oct/20 18:44
Re: NUEVA LINEA DE CAPTURA DE PAGO EN PARCIALIDADES

Muchas gracias por la información.
 
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Jlopez2130
Soldado

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16/Oct/20 09:16
Re: NUEVA LINEA DE CAPTURA DE PAGO EN PARCIALIDADES

Complementando la aportación de Vabdo (Saludos)...

3.17.4. Opción de pago en parcialidades del ISR anual de las personas físicas

Para los efectos del artículo 150, primer párrafo de la Ley del ISR, los contribuyentes que deban presentar declaración anual por dicha contribución, podrán efectuar el pago hasta en seis parcialidades, mensuales y sucesivas, siempre que dicha declaración la presenten dentro del plazo establecido por el precepto mencionado, así como el pago de la primera parcialidad. Las parcialidades se calcularán y pagarán conforme a lo siguiente:
….

III. En caso de que no se pague alguna parcialidad dentro del plazo señalado en la fracción I, los contribuyentes estarán obligados a pagar recargos por falta de pago oportuno. Para determinar la cantidad a pagar de la parcialidad no cubierta en conjunto con los recargos, se seguirá el siguiente procedimiento:

Se multiplicará el número de meses de atraso por el factor de 0.0147; al resultado de esta multiplicación se le sumará la unidad y, por último, el importe así obtenido se multiplicará por la cantidad que se obtenga conforme a lo previsto en la fracción II de esta regla. El resultado será la cantidad a pagar correspondiente a la parcialidad atrasada.

El FCF para el pago respectivo, se deberá solicitar ante la ADR más cercana al domicilio fiscal del contribuyente, o bien, a través de MarcaSAT: 627 22 728 desde la Ciudad de México o 01 55 627 22 728 del resto del país, proporcionando el correo electrónico para su envío a través del correo electrónico que se proporcione o de su buzón tributario, el cual deberá estar previamente activado.
 
'Quienes se creen extremadamente inteligentes son tontos con complejos reprimidos'. Claudia Cardinale
 
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CP_PACO
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