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09/Oct/20 17:34
PERDIDA TOTAL POR INCENDIO

HOLA QUE TAL
UNA PREGUNTA LO QUE PASA ES QUE LLEVABA LA CONTABILIDAD DE UNA PELETERIA
SIN EMBARGO SE INCENDIO FUE PERDIDA TOTAL, SE PERDIO TODO E INCLUSIVE TODA LA CONTABILIDAD QUE SE TIENE QUE HACER EN ESTOS CASOS
COMO DECLARAR EL MES DE SE SEP DE 2020
EN BASE AL ESTADO DE CUENTA.
Y DAR DE BAJA INMEDIATAMENTE AL CONTRIBUYENTE.
 
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america1
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09/Oct/20 18:50
Re: PERDIDA TOTAL POR INCENDIO

Verifica lo que menciona el Art. 35 del RCFF

Artículo 35.- Para los efectos del artículo 30 del Código, cuando los libros o demás registros de
contabilidad del contribuyente se inutilicen parcialmente deberán reponerse los asientos ilegibles del último ejercicio pudiendo realizarlos por concentración. Cuando se trate de la destrucción o inutilización total de los libros o demás registros de contabilidad, el contribuyente deberá asentar en los nuevos libros o en los registros de contabilidad de que se trate, los asientos relativos al ejercicio en el que sucedió la inutilización, destrucción, pérdida o robo, pudiéndose realizar por concentración.
En los casos a que se refiere este artículo, el contribuyente deberá conservar, en su caso, el
documento público en el que consten los hechos ocurridos hasta en tanto no se extingan las facultades de comprobación de las Autoridades Fiscales.
 
'Quienes se creen extremadamente inteligentes son tontos con complejos reprimidos'. Claudia Cardinale
 
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CP_PACO
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