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25/Sep/20 11:45
¿El ISR retenido se puede usar para futuras declaraciones mensuales?

Tengo una duda:

Supongamos que a una persona física con actividad profesional ingresó:
Saldo: 10,000
IVA 16%: 1,600
ISR Retenido 10%: 1,000
IVA Retenido: 1,066.67
Total; 9,533.33

Y tuvo gastos por:
Saldo: 8,000
IVA 16%. 1,280
Total: 9,280

Por lo que al hacer la declaración (pago provisional) del mes sería:
Base Gravable: 2,000
Agosto 2020: 1.92%
2,000 * .0192 = 38.4 (omito excedente porque termina siendo irrelevante en este ejemplo)
Pagos acumulados de ISR anteriores es cero.

A la persona se le retuvo (pagó) 1,000 de ISR, obviamente en Agosto ya no paga nada pero el resto de la retención (pago) se usa como pagos acumulados de ISR para futuras declaraciones o como no pagó ISR en Agosto eso no se agrega?

Espero me haya hecho entender. Gracias de antemano.
 
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prueba2306
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25/Sep/20 11:54
Re: ¿El ISR retenido se puede usar para futuras declaraciones mensuales?

Prueba: Es importante que en el sistema de D y P incluyas al 100% el monto de tus retenciones de ISR así como los pagos provisionales hechos no importando si exceden al monto del ISR a cargo, obviamente la cantidad a pagar de ISR será cero pero para efectos de acumulación se tomarán en cuenta en los pagos provisionales subsecuentes.
 
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CP_PACO
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25/Sep/20 13:06
Re: ¿El ISR retenido se puede usar para futuras declaraciones mensuales?

Hola buenos dias:

Por lo que al hacer la declaración (pago provisional) del mes sería:
Base Gravable: 2,000
Agosto 2020: 1.92%
2,000 * .0192 = 38.4 (omito excedente porque termina siendo irrelevante en este ejemplo)
Pagos acumulados de ISR anteriores es cero.

A la persona se le retuvo (pagó) 1,000 de ISR, obviamente en Agosto ya no paga nada pero el resto de la retención (pago) se usa como pagos acumulados de ISR para futuras declaraciones o como no pagó ISR en Agosto eso no se agrega?


En tu declaración QUE COMENTAS de pago provisional quedara un monto de $ 0.00
En retenciones 1,000
No existirá un saldo a favor, porque la declaración tiene el carácter de SER PROVISIONAL
Pero pudiera salir a cargo, lo que significa que la retención fue suficiente para liquidar el pago provisional, PERO NO PROCEDE UN SALDO A FAVOR DERIVADO A QUE NO SE HA TERMINADO POR DETERMINAR UN IMPUESTO DE MANERA DEFINITIVA

Para pagos provisionales posteriores, realizaras un nuevo calculo pero acumulativo
se vuelven a realizar el calculo todo acumulativo... ingresos, deducciones, retenciones
No existirá un saldo a favor, porque la declaración tiene el carácter de SER PROVISIONAL NO PROCEDE UN SALDO A FAVOR DERIVADO A QUE NO SE HA TERMINADO POR DETERMINAR UN IMPUESTO DE MANERA DEFINITIVA

En el calculo anual
se vuelven a realizar el calculo todo acumulativo... ingresos, deducciones, retenciones
Aquí ya pudiera salir un saldo a favor, porque la declaración mantiene un carácter DE DEFINITIVA.



Editado: Septiembre 25, 2020 18:24:58
 
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ers9727
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25/Sep/20 13:24
Re: ¿El ISR retenido se puede usar para futuras declaraciones mensuales?

Complementando, un link de la autoridad...

https://www.sat.gob.mx/articulo/36658/articulo-106
 
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CP_PACO
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25/Sep/20 14:35
Re: ¿El ISR retenido se puede usar para futuras declaraciones mensuales?

El impuesto que te retienen es en si un ISR, como te comentan, no es un saldo a favor pues son pagos provisionales, sino que se van acumulando y se acreditan hasta por el ISR a cargo.

Saludos
 
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NicolasCastilloPerales
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25/Sep/20 18:17
Re: ¿El ISR retenido se puede usar para futuras declaraciones mensuales?

Excelente conclusión de Nico Castillo. Perfecta

Hasta la declaración anual, entonces si procediera la determinación de algún saldo a favor, si es que resultase así.

Ojo existen pagos provisionales que cambia al carácter de definitivos.... ejemplo los RIF.

Hay RIF con pagos provisionales (bimestrales) los que manejan coeficiente de utilidad


Y hay RIF con pagos definitivos (bimestrales) los que manejan entradas y salidas del flujo de efectivo


Chéquenlo.... Vean como dice el nombre del formulario, en su parte alta, del mismo.


EN TODAS LAS DECLARACIONES POR IVA son pagos DEFINITIVOS.... SI hay impuestos retenidos aplicados al impuesto causado... y quedare saldo a favor.... Aquí si es valido el saldo a favor





Editado: Septiembre 25, 2020 18:20:54
 
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ers9727
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