Hola contadores... espero puedan ayudarme con la siguiente duda. Tengo el caso de un contribuyente que tributa como Régimen de actividades empresariales, por servicios personales independientes, está prestando sus servicios a una empresa persona moral. Ha habido cambios en este negocio, y ahora serán una "sociedad cooperativa". Y a las personas que trabajaban para ellos como servicios personales independientes, los van a hacer "Socios cooperativistas".
Alguien pudiera indicarme en qué artículos de la ley puedo revisar esto por favor. Mis dudas son:
1. ¿Tiene que hacer un cambio de situación fiscal?.
2. Necesito saber sobre deducciones autorizadas
3. Están obligados a expedir comprobantes fiscales.
4. ¿de qué manera deberán hacer sus pagos provisionales?...
5. ¿son causantes de IVA?
1.- Definitivamente tienen que hacer un cambio de situacion fiscal, dar de baja ISR actividad empresarial e IVA y dar de ALTA asimilados a salarios
2.- Las unicas deducciones autorizadas para el capitulo I son las deducciones personales en la anual.
3.- No estas obligados a expedir comprobantes fiscales, basta con firmar solo una hoja en el cual se especifique el monto pagada y el ISR retenido, asi como los datos de quien paga y quien recibe.
4.- No hay pagos provisionales solo la anual, ya que la persona que te realice el pago te efectuara una retencion y estara obligado a enterarla a hacienda.
5.- No son causantes de IVA.