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26/Jun/20 13:13
gastos funerarios

Hola, buenas tardes una factura de Gastos Funerarios, se puede deducir como gastos personales en la declaracion anual de Persona fisica asalariada, auque haya sido pagada en efectivo?

De antemano gracias por sus comentarios
 
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FERNANDO25
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26/Jun/20 13:32
Re: gastos funerarios

El requisito indispensable para las deducciones personales es que invariablemente sean pagadas con medios electrónicos (Transferencia, tarjeta de débito o crédito, cheque). El efectivo no esta permitido.

https://www.sat.gob.mx/consulta/23972/conoce-las-deducciones-personales

Editado: Junio 26, 2020 13:34:07
 
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CP_PACO
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26/Jun/20 15:20
Re: gastos funerarios

Hola buenos dias, opino que si lo puedes deducir aún cuando se pagó en efectivo.

La obligación del pago con sistema financiero solo aplica para a fracción I del art. 151 de la LISR.
y para las colegiaturas. ( son estímulo fiscal no deducciones personales )

Los gastos de funerales están comprendidos en la frac II del mencionado artículo.

Inclusive en la liga que pusieron , menciona que son con sistema financiero las que tienen señaladas con un asterisco y los gastos funerales no están marcados.


Salu2

Editado: Junio 26, 2020 15:21:34

Editado: Junio 26, 2020 15:22:14

Editado: Junio 26, 2020 15:25:07
 
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grupoimper
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26/Jun/20 16:22
Re: gastos funerarios

¡Conoce tus deducciones personales!
Paga con medios electrónicos y ¡pide factura!

Para que todos tus gastos sean deducibles, deberás cubrir los montos con tu tarjeta de débito o crédito, transferencia bancaria o cheques nominativos.

https://www.gob.mx/sat/articulos/conoce-tus-deducciones-personales?idiom=es
 
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CP_PACO
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26/Jun/20 17:08
Re: gastos funerarios

Hola, pues está muy bonito el comunicado pero no es lo que dice la Ley.

Pero el que quiera hacerlo así mejor para el SAT.

Creo que en las cuestiones tributarias hay que seguir lo que digan las leyes, no los comunicados que no crean derechos ni obligaciones.

Salu2
 
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26/Jun/20 18:56
Re: gastos funerarios

Pues la ley no es muy bonita que digamos... pero ¿Cuáles son los requisitos generales de las deducciones para PF en LISR? ¿La restricción de pagos superiores a 2 mil pesos en general en efectivo salvo RIF?

Finalmente ya se externaron ambos puntos de vista a manera de orientación, la decisión final le corresponde a Fernando.
 
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CP_PACO
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26/Jun/20 19:25
Re: gastos funerarios

Peeero, las deducciones personales se rigen en forma distinta a las deducciones de la actividad,
incluso los honorarios médicos se TIENEN que pagar con sistema financiero aun cuando el importe sea menor a $ 2,000.00, pero como bien dices la decisión final le corresponde a Fernando.


Salu2


PD.- No es mi interés crear polémica, simplemente digo mi opinión y aporto los fundamentos legales. En lo personal he deducido los gastos de funeral aun cuando se pagaron en efectivo y con devolución de saldo a favor.

Editado: Junio 26, 2020 19:28:21
 
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28/Jun/20 10:59
Re: gastos funerarios

Hola, buenos días en la liga que muy amablemente me paso CP_PACO viene este párrafo respecto a los gastos funerarios:
Otros.Gastos funerarios de tu cónyuge o concubino/a, así como para tus padres, abuelos, hijos y nietos, podrás realizarlos con cualquier medio de pago y debes contar con la factura.
 
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FERNANDO25
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28/Jun/20 11:16
Re: gastos funerarios

Leí, el articulo 151 de la ley de ISR y únicamente en la fracción I dice que deberán de ser pagados con medio bancario electrónico, y en la fracción II que indica sobre los gastos funerarios, no dice nada al respecto.
En lo personal me quedo con que si son deducibles, los pagos en efectivo de gastos funerarios.

Muchas gracias a todos y todas por sus comentarios y ayuda,
 
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FERNANDO25
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28/Jun/20 17:02
Re: gastos funerarios

Hola Frenando, por si te sirve mi comentario.

En lo personal he deducido los gastos de funeral aun cuando se pagaron en efectivo y he recibido la devolución de saldo a favor..

Saludos
 
LA PREPOTENCIA TE HACE FUERTE UN DIA.......LA HUMILDAD PARA SIEMPRE.
 
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vabdo
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