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24/Jun/20 13:37
Cuentas incobrables de años pasados

Buenas tardes; se esta depurando las cuentas de clientes y nos hemos dado cuenta que se tiene cuentas que no podrán ser cobradas, ya sea porque no se realizo con tiempo la cobranza, otra que lo acordado con el cliente nunca se cumplió y por razones administrativas paso el tiempo, etc. son de años muy antiguos.

De acuerdo con el art 27 frac XV de LISR :
1. Exceden de 30,000 udis
2. no hay demanda judicial
3. tampoco el cliente se declaro en quiebra .

¿Hay alguna forma de poder deducir como cuenta incobrable?

Garcias
 
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24/Jun/20 14:12
Re: Cuentas incobrables de años pasados

En tu supuesto al exceder de 30 mil UDIS, debes de haber demandado ante la autoridad judicial y si tu deudor es contribuyente que realiza actividades empresariales, debes de informarle por escrito que vas a efectuar la deducción del crédito incobrable, para que a su vez, el deudor acumule el ingreso derivado de la deuda no cubierta, además debes de informar a más tardar el 15 de febrero de cada año al SAT sobre los créditos incobrables que hubieran deducido en estos términos, en el ejercicio fiscal inmediato anterior.
 
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