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10/Jun/20 16:33
Honorarios prestados a empresa extrangera

Hola buenas tardes

Por favor, alguien que me pueda ayudar, tengo un cliente que es profesionista y siempre ha facturado honorarios, sin embargo, en este mes, empezó a recibir unos pagos de una empresa extranjera, el servicio lo desarrolla aquí en México, específicamente en Cozumel, pero me extraña que esta empresa extranjera le informe que no necesita hacer factura por que es como si fuera una nomina... a mi cliente le expiden un recibo que esta en ingles, sin embargo, no existe en el recibo ninguna retención de alguna clase de impuesto.

Me pueden ayudar como proceder?
¿Debe facturar ese ingreso con RFC Extranjero?
¿Debe declarar en su pago provisional o es hasta la anual?

Gracias
 
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Martinrb
Soldado

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11/Jun/20 01:29
Re: Honorarios prestados a empresa extrangera

Martinrb

Si se trata de una nomina, si habria que declararla mensualmente como pago provisional. No hay necesidad de emitir CFDI, pero si existe la obligacion de hacer declaracion. Si se trata de un servicio personal independiente, habria que emitir CFDI, acumularlos en el regimen de AEP y considerarlo a tasa 0% de IVA.

Articulo 96 LISR:

(...)

Los contribuyentes que presten servicios subordinados a personas no obligadas a efectuar la
retención, de conformidad con el último párrafo del artículo 99 de esta Ley, y los que obtengan ingresos provenientes del extranjero por estos conceptos, calcularán su pago provisional en los términos de este precepto y lo enterarán a más tardar el día 17 de cada uno de los meses del año de calendario, mediante declaración que presentarán ante las oficinas autorizadas.



Procedimiento para el pago provisional del ISR por salarios pagados por sujetos no
obligados a retener y por ingresos provenientes del extranjero

3.12.3. Los contribuyentes que presten servicios personales subordinados a personas no obligadas a efectuar la retención de conformidad con lo dispuesto en el artículo 99, último párrafo de la Ley del ISR y los que obtengan ingresos provenientes del extranjero por estos conceptos, enterarán el pago provisional a que se refiere el artículo 96, último párrafo del citado ordenamiento de conformidad con lo dispuesto en las secciones 2.8.5. a 2.8.6., y el Título
7., en el concepto identificado como “ISR personas físicas. Salarios” en la aplicación
electrónica correspondiente.

LISR 96, 99, RMF 2020 2.8.5., 2.8.6., 7
 
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NicolasCastilloPerales
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11/Jun/20 08:30
Re: Honorarios prestados a empresa extrangera

Lo puede facturar a efecto de que le aparezca en sus PPs y Anual, o puede no facturarlo pero de todas formas acumularlo, juega desde PPs.
 
Lo importante no es saber, sino tener el teléfono del que sabe.
 
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Cheque
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11/Jun/20 11:22
Re: Honorarios prestados a empresa extrangera

Muchas Gracias
 
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Martinrb
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