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30/Abr/20 12:56
Contabilizacion Arrendamiento Puro

Buena tarde, me pudieran indicar como se contabiliza el arrendamiento puro? (puro, no financiero, no hay opcion a compra en el contrato, se estipula que el vehículo se debe devolver al final)

Se tiene el contrato a 4 años, cada mes la factura viene el concepto de Renta, gastos de administración y seguro.

Mis dudas, eso de 'gastos de administración' sería deducible?
Como debiera ser el registro de la apertura del contrato?
Si el monto de la renta sobrepasa los $200.00 diarios deducibles, gastos como seguro y gasolina, son deducibles acorde a esa deducción?

Editado: Abril 30, 2020 13:32:02
 
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hm
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30/Abr/20 13:39
Re: Contabilizacion Arrendamiento Puro

Ya no existe el arrendamiento financiero de acuerdo a las nuevas de arrendamiento en NIF, IFRS, etc. , todos son 'puros'.

Lee primero las normas y regresa con preguntas más específicas.

Gasto de Administración es deducible, sin embargo es muy usado como 'estrategia fiscal' para sacarle la vuelta al límite de deducción de $200 diarios, no haría mucho sentido pagar $6,000 por mes y $18,000 por administración, tendría que ser un monto razonable.

Gasolina, seguros, etc, son deducibles en la proporción que le renta es deducible, si te cobran $400 diarios de arrendamiento, el 50% de los gastos sería deducible y el otro 50% no.
 
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30/Abr/20 14:41
Re: Contabilizacion Arrendamiento Puro

Mis dudas, eso de 'gastos de administración' sería deducible? Si.

Como debiera ser el registro de la apertura del contrato? En enero de 2019 entraron en vigor las nuevas normas de arrendamiento, las cuales establecen un nuevo modelo con el que las empresas deben registrar sus arrendamientos en sus estados financieros, básicamente se refieren al reconocimiento en el balance general, por parte del arrendatario, del derecho de uso del activo y un pasivo derivado de la deuda que se tiene con el arrendador durante el plazo acordado.

Si el monto de la renta sobrepasa los $200.00 diarios deducibles, gastos como seguro y gasolina, son deducibles acorde a esa deducción? Los gastos serían parcialmente deducibles en la relación en que el monto deducible representa del valor de la operación
 
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