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26/Mar/20 15:40
RIF 100 % Ventas al Publico -El Total de Gastos (Iva, ieps), se incluye para Calc de ISR ?

Regimen:RIF

1.-Mis Ventas son 100 % Publico en General

2.-Tengo una Duda para llenar la información para el Calculo de ISR ?

3.-Para los Ingresos incluyo el Total de Ventas de Publico en General

4.-Y para las compras incluyo 100% el total de Gastos, incluyendo IVA e ieps

Estara correcto esto ?

Gracias
 
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konli
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27/Mar/20 13:36
Re: RIF 100 % Ventas al Publico -El Total de Gastos (Iva, ieps), se incluye para Calc de ISR ?

LIVA:
Artículo 5o.-B. Los contribuyentes, en lugar de aplicar lo previsto en el artículo 5o., fracción V, incisos c) y d), numeral 3 y en el artículo 5o.-A de esta Ley, podrán acreditar el impuesto al valor agregado que les haya sido trasladado al realizar erogaciones por la adquisición de bienes, adquisición de servicios o por el uso o goce temporal de bienes o el pagado en su importación, en la cantidad que resulte de aplicar al impuesto mencionado la proporción que el valor de las actividades por las que se deba pagar el impuesto o a las que se les aplique la tasa de 0%, correspondientes al año de calendario inmediato anterior al mes por el que se calcula el impuesto acreditable, represente en el valor total de las actividades..............
 
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vabdo
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27/Mar/20 14:29
Re: RIF 100 % Ventas al Publico -El Total de Gastos (Iva, ieps), se incluye para Calc de ISR ?

konli


Para el ISR, solo vas a considerar lo que realmente estas ganando por tu ventas y/o servicios.

Si tienes una fondita y cobras 200 por el platillo, el ingreso acumulable es 172.41

Luego hay reducciones y estimulos en cuanto al IVA en el caso del RIF , por ejemplo, para fonditas y restaurantes se aplicaria una tasa del 8% siempre y cuando estos ingresos sean al publico en general, La cantidad resultante de aplicar el 8% sobre los 172.41 aun se puede reducir contra los porcentajes que dependiendo los años que hayas tributado te sean aplicables. El estimulo no se considera ingreso acumulable.

Tratandose del IVA que te trasladen, tendras que sacar una proporcion, que es el resultado de dividir tus ingresos por publico en general entre tus ingresos totales, la proporcion que obtengas se la aplicas al IVA que te traslade y el monto resultante es lo que podras acreditar contra el IVA que tu traslades por ventas/servicios que si te pidan factura. Si toda tu facturacion es a PG no puedes acreditar IVA alguno.

En cuanto a la facturacion, no debes de trasladar expresamente y por separado el impuesto, sino solo hacer referencia al ticket y la operacion










Editado: Marzo 27, 2020 14:37:58
 
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NicolasCastilloPerales
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30/Mar/20 18:23
Re: RIF 100 % Ventas al Publico -El Total de Gastos (Iva, ieps), se incluye para Calc de ISR ?

Gracias por tan excelente explicacion , me ayude a seguir buscando informacion Sobre el RIF:

Encontre este Video que comprueba la explicacion sobre el calculo

gracias

https://www.youtube.com/watch?v=jLi9G0mkNdc
 
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konli
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30/Mar/20 18:56
Re: RIF 100 % Ventas al Publico -El Total de Gastos (Iva, ieps), se incluye para Calc de ISR ?

Para este ejemplo fue en el 2014

Pero se entiende enla mecanica

Multiplicas los montos con la proporcion

Y lo capturas en la decl bimestral en la pagina del 'SAT'

gracias
 
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konli
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