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12/Mar/20 20:44
Uso de automóvil de la esposa para actividad propia en arrendamiento

Buena noche

Espero y me puedan apoyar a lo siguiente, una persona física que se encuentra en el Reg, ed Arrendamiento, me comenta que desde hace mas de dos años utiliza el carro para ir a ver sus locales y cobrarles la renta o para lo que se necesite, obviamente paga gasolina, casetas y mtto del auto, ademas el esta pagando la mensualidad del mismo, el detalle es que el carro y crédito lo saco a nombre de su esposa,

Mi pregunta es la siguiente, se puede manejar un contrato de comodato entre el y su esposa para poder hacer deducibles dichos gastos, al parecer están casados por bienes mancomunados, pero estos gastos los tiene ya desde hace mas de dos años, que opinan y hay algún fundamento que lo señale por favor.

de antemano gracias por su atención prestada

Muy buena noche
 
'Se necesitan dos años para aprender a hablar y sesenta para aprender a callar'
 
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alvadgelis
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13/Mar/20 09:57
Re: Uso de automóvil de la esposa para actividad propia en arrendamiento

El comodato no tiene fundamento en la Ley del ISR, no creo que le guste el SAT, que hagan el cambio en el contrato de crédito y cambien el auto a nombre de el.
 
Lo importante no es saber, sino tener el teléfono del que sabe.
 
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Cheque
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13/Mar/20 10:19
Re: Uso de automóvil de la esposa para actividad propia en arrendamiento

Buenos dias, aunque estuviera a su nombre no es deducible.

Ver artículo 115 LISR.

Salu2
 
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grupoimper
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