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10/Feb/20 16:30
¿Se puede deducir software comprado para un cliente?

Hola. Mi caso es el siguiente:

Un cliente me compra algunas licencias de Adobe Creative Cloud, las cuales se pagan de manera anual, a lo que yo le expido una factura ya que es una empresa.

Yo solo recibo de Adobe un 'invoice' que incluye ciertos datos míos (no RFC, por supuesto) en PDF.

Quisiera conocer cómo, si es que se puede, puedo deducir este gasto, ya que es una cantidad considerable y no quisiera tener que incrementarle el costo al cliente (para no absorber yo el ISR causado) ya que gané yo la licitación para equipar a la empresa de este software.
 
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MP
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10/Feb/20 23:03
Re: ¿Se puede deducir software comprado para un cliente?

Por supuesto. Es una erogación estrictamente indispensable para obtener tus ingresos. Pero más que gasto lo consideraría una inversión (gasto diferido) y lo deduciría 15% anual conforme a LISR, contablemente puede ser otra tasa más adecuada.. Cuando deje de ser util para obtener tus ingresos, ahí procedería la deducción de lo que aún no se ha amortizado.

Hay que cumplir con tres requisitos
1) que la factura invoice tenga los datos que solicita la regla 2.7.1.16 de la rmf 2020
2) retener el isr correspondiente y revisar si existe una tasa menor en los tratados para evitar la doble tributación
3) emitir el CFDI de retenciones y pagos al extranjero

Saludos!
 
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NicolasCastilloPerales
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