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05/Feb/20 10:38
RETENCIÓN IVA 6% JARDINERO

Hola buen día estimados,
Les planteo mi duda:
La empresa contrata a un jardinero para que cada mes venga a podar el césped y los árboles de la empresa y él nos hace su factura directamente, debo retenerle el 6% de IVA?
Gracias de antemano por sus comentarios
Saludos
 
Es tan vana la esperanza de que se llegará sin trabajo y sin molestia a la posesión del saber y la experiencia, cuya unión produce la sabiduría, como contar con una cosecha donde no se ha sembrado ningún grano.
 
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cp_enrique
Subteniente

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05/Feb/20 11:40
Re: RETENCIÓN IVA 6% JARDINERO

Para nada. Te tendría que enviar trabajadores para que aplicara la retencion.

Saludos.
 
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NicolasCastilloPerales
Mayor

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05/Feb/20 11:49
Re: RETENCIÓN IVA 6% JARDINERO

Para nada. Te tendría que enviar trabajadores para que aplicara la retencion.
Totalmente de acuerdo.
 
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federico_
Capitán Primero

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06/Feb/20 16:57
Re: RETENCIÓN IVA 6% JARDINERO

Enrique: Aquí el fundamento para no ser objeto de la retención del IVA.

Artículo 1-A (fracción IV) – Ley del IVA 2020
Están obligados a efectuar la retención del impuesto que se les traslade, los contribuyentes que se ubiquen en alguno de los siguientes supuestos:
(…)
IV. Sean personas morales o personas físicas con actividades empresariales, que reciban servicios a través de los cuales se pongan a disposición del contratante o de una parte relacionada de éste, personal que desempeñe sus funciones en las instalaciones del contratante o de una parte relacionada de éste, o incluso fuera de éstas, estén o no bajo la dirección, supervisión, coordinación o dependencia del contratante, independientemente de la denominación que se le dé a la obligación contractual. En este caso la retención se hará por el 6% del valor de la contraprestación efectivamente pagada.
(…)
 
'Quienes se creen extremadamente inteligentes son tontos con complejos reprimidos'. Claudia Cardinale
 
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CP_PACO
General Brigadier

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13/Feb/20 11:14
Re: RETENCIÓN IVA 6% JARDINERO

Bien, veremos yo tengo una empresa de JARDINERÍA, que presta de los servicios de Mantenimiento de áreas ajardinadas a conjuntos habitacionales, hoteles , centros comerciales, Cotos Privados, lo anterior de acuerdo a un programa de trabajo unos con visitas dos o tres veces al mes, y otros trabajando diario (con uno o varios Jardineros de acuerdo a las áreas de trabajo) los empleados no están a disposición del contratista, los horarios, uniformes todo lo hacemos nosotros. en esta caso aplica la RETENCIÓN? si o no? y porque?

Yo digo que no, pero algunos de mis clientes me dicen que si, por el tema del apartado del SAT DE PREGUNTAS Y RESPUESTAS MAS COMUNES, que mas que dar claridad, crea mas confusión.

Agradezco de antemano sus comentarios y ayuda.
Saludos cordiales.


Mike
 
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Mikeleyva
Teniente

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