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Arriba
16/Ene/20 15:59
CUFIN

Buenas tardes llevo la contabilidad de una persona moral y se van a repartir dividendos de 2018 provenientes de CUFIN, por lo que se hará la retener d el 10 % a los socios por los dividendos repartidos, mi pregunta es si esa retención de declara en el pago provisional y en que concepto de declara.
 
SOCIO DEL BUFETE HUERTA BURGOS
 
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JHUERTA
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17/Ene/20 14:21
Re: CUFIN

En efecto, se declara en las pagos provisionales de la PM, en el concepto 'ISR retenciones por dividendos'

Saludos
 
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NicolasCastilloPerales
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