13/Dic/19 10:58
¿No es redundante la Sección III del capitulo II del titulo IV de LISR?
Ya existia la seccion I y seccion II...que las personas no aplicaran lo que estaba expresado ¿ameritaba que se añadiera otra seccion?
Es como si se creara un esquema o regimen de tributacion por cada negligencia de los contribuyentes...Por ejemplo. podriamos crear
'De las empresas que deducen facturas que amparan actos simulados'
'De las personas fisicas que usen su cama como banco'
¿Que piensan?
Saludos
Editado: Diciembre 13, 2019 11:01:43