09/Dic/19 13:31
COEFICIENTE UTILDIAD DESPUES DE DEJAR ACUMULACION DE INGRESOS PERSONA MORAL
Buenos días!
Tengo las siguientes dudas conforme a la situación siguiente de una Persona Moral que en el 2017 estaba en Régimen General de Ley. En la Declaración de ese año se quedó con un CU de 0.0328
En el 2018 se opto por Declarar conforme a ACUMULACION DE INGRESOS.
En el 2019, debió dejar el régimen de acumulación de ingresos por haber pasado del limite de estos para poder continuar ahí. Por lo tanto declaró conforme a un Coeficiente de Utiidad ( C.U ) según el Art. 58 CFF donde le correspondía el 23%. Haciendo así sus pagos provisionales durante el 2019.
Ahora en el 2020 haciendo un previo de la declaración Anual 2019, quedará con perdida fiscal, por lo tanto no tendrá CU. y mis dudas son las siguientes:
1. Fue correcto el utilizar en el 2019 el CU del Art 58 CFF?
2. En enero de 2020, con cual CU deberá pagar el ISR:
* El que venia utilizando en el 2019 del Art 58CFF?
* El que determiné en la declaración anual del 2017?
3. En que año si 2019 o 2020 debí o debo de presentar la declaración trimestral por el segundo año de inicio de actividades.
Muchas gracias por su ayuda y asesoría.
Una persona con el corazón desgarrado por el dolor y la injusticia humana rezó:
Dios mio, ¿ Ya viste cuánto sufrimiento hay en el mundo? ¿ Por qué no nos mandas a alguien para que nos ayude?
y Dios le respondio: Ya lo hice:
Te envié a Ti!!!!