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28/Jul/19 18:21
Impuesto sobre nómina en el fondo de ahorro CDMX ¿momento de causación?

Buenas tardes.

Estimada comunidad, tengo una duda sobre el momento en que el fondo de ahorro causaría el impuesto sobre nómina (ISN) en la CDMX, ya que de acuerdo con el texto de ley interpreto:

1) La aportación patronal es totalmente gravada para efectos del ISN.

2) El art. 159 del código fiscal de la CDMX señala:

'El ISN se causará en el momento en que se realicen las
erogaciones por el trabajo personal subordinado ...'

entonces si la compañía tiene esta prestación y cada quincena hace una aportación a este fondo de ahorro , ¿el ISN se debería de causar cada mes o hasta el momento en que dicho fondo de ahorro sea depositado al empleado por ejemplo en febrero del año siguiente?

En lo personal, considero que el ISN se debería de causar cada mes, toda vez que el patrón esta aportando al fondo de ahorro su parte correspondiente y bajo ese supuesto entiendo que ya esta 'pagando' dicha prestación al empleado aunque este no la reciba en su cuenta, ya que por las condiciones de ley (LISR) no se puede entregar cada quincena como un sueldo, pero al final del día la compañía ya cubrió la obligación con el empleado.

Sin embargo tengo un colega que señala que el ISN se debería de causar en el momento que el empleado reciba 'efectivamente' el fondo de ahorro junto con sus intereses, es decir, una vez cada año y no generar el ISN de forma mensual.

¿ustedes que opinan?

De antemano agradezco a toda la comunidad sus valioso comentarios.
 
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Rod
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28/Jul/19 22:03
Re: Impuesto sobre nómina en el fondo de ahorro CDMX ¿momento de causación?

'El ISN se causará en el momento en que se realicen las erogaciones por el trabajo personal subordinado


Su criterio es el correcto compañero Inclusive nunca debiera desestimarse
Se hace referencia de cuando lo EROGUE por parte del patrón Pregunta por el MOMENTO

El otro criterio, NO cuenta con sustento jurídico, ni debe considerarse para razonarse

Editado: Julio 28, 2019 22:13:24
 
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ers9727
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