Foros


Inicio » Fiscal

Página: 1

Mensaje Autor

Arriba
25/Jul/19 13:46
PTU efectivamente pagada ¿ no aplica art 28 fracc XXX LISR?

Buenas tardes, tengo la duda si a la PTU efectivamente pagada no debe aplicarse el art 28 fracc XXX LISR en cuestion de la parte exenta.
El año pasado el material de un curso mostraba la aplicación del art al dicha PTU , sin embargo, tengo un criterio de la PRODECON el cual dice que la PTU no es una deduccion autorizada, pero si un concepto disminuible.

¿cual es su comentario?
¿ en su anual han disminuido al 100% la PTU efectivamente pagada?
¿ el SAT le ha hecho alguna observacion?

Gracias
 
&CH
 
Perfil

anaili
Mayor

Mensajes: 1524
Ingresó: Agosto 30, 2004
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
25/Jul/19 16:47
Re: PTU efectivamente pagada ¿ no aplica art 28 fracc XXX LISR?

Olvidate de la Prodecon y de lo que te diga cualquier persona o Institución, tu duda se resuelve leyendo el art 9 LISR fracción I, última oración.
 
Lo importante no es saber, sino tener el teléfono del que sabe.
 
Perfil

Cheque
General de Brigada

Mensajes: 6670
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
26/Jul/19 09:28
Re: PTU efectivamente pagada ¿ no aplica art 28 fracc XXX LISR?

Anaili: No tienes mayor problema en deducir al 100% en la declaración anual de los ingresos acumulables, la PTU efectivamente pagada en el ejercicio. (Art. 9 LISR)


Respecto a la PRODECON, es correcta su observación.
 
'Quienes se creen extremadamente inteligentes son tontos con complejos reprimidos'. Claudia Cardinale
 
Perfil

CP_PACO
General Brigadier

Mensajes: 14646
Ingresó: Marzo 10, 2005
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo


Página: 1