La totalidad de mis facturas se emiten como PPD y forma de pago '99', y al momento de recibir los pagos se emiten los complementos de pago correspondiente.
Ahora, es valido emitirlas en esta forma PPD si es que el cliente realizo el deposito antes de la emision de la factura, si como parte del proceso se emite el complemento de pago de acuerdo al deposito recibido.?
En mi opinión surgen 3 situaciones con el segundo punto que describes y son los siguientes:
1.- Si el depósito recibido cubre el importe total de lo que será la factura deberás emitir tu CFDI como PUE y poner la forma de pago 03, 02, 01, etc. y con eso queda el asunto, ya no emites complemento.
2.- Si el depósito efectuado no cubre el importe de lo que será la factura entonces emites CFDI como PPD forma de pago 99 y luego emitir complemento por la parcialidad recibida.
3.- Si el deposito recibido es un anticipo y por ende no sabes aun cosa y precio entonces deberás emitir un CFDI por anticipo, para luego emitir el CFDI conforme a las opciones que el SAT da las cuales son dos.
Saludos y bendiciones.
'Todo lo puedo en Cristo que me fortalece' Filipenses 4:13