Foros


Inicio » Fiscal

Página: 1

Mensaje Autor

Arriba
01/Jun/19 13:50
SUBSIDIO PARA EL EMPLEO PAGADO POR UN RIF, COMO SE PUEDE ACREDITAR?

Hola a todos,

Quisiera consultarles el tratamiento del Subsidio para el Empleo que paga un RIF a sus empleados, ya que en la declaración no hay un apartado en el cual pueda disminuirse del ISR Ret por Sueldos, o simplemente declararlo ante la autoridad que se realizaron pagos por ese concepto.

Estuve buscando información al respecto, y de acuerdo a la ley no se puede disminuir a un ISR que ya cuente con una reducción, y he visto que algunos colegas lo aplican en papeles de trabajo, pero a mí en lo particular no lo veo viable, ya que aunque aparece en los recibos timbrados de nómina, no se lo estás declarando como tal a la autoridad.

En el caso particular que tengo, el contribuyente sólo tiene empleados con subsidio, y quiero ver si hay alguna manera de aprovecharlo.

Les agradezco muchísimo de antemano sus comentarios, y les deseo un excelente fin de semana.

Saludos.
 
Perfil

Abril14
Soldado

Mensajes: 14
Ingresó: Abril 06, 2015
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
01/Jun/19 19:56
Re: SUBSIDIO PARA EL EMPLEO PAGADO POR UN RIF, COMO SE PUEDE ACREDITAR?

Estuve buscando información al respecto, y de acuerdo a la ley no se puede disminuir a un ISR que ya cuente con una reducción


Podrías indicar por favor, la parte de la Ley que dice, eso que dices que dice; he buscado y rebuscado y no le 'allo'.
 
Perfil

Lumin Oso
Teniente

Mensajes: 353
Ingresó: Enero 22, 2007
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
02/Jun/19 13:01
Re: SUBSIDIO PARA EL EMPLEO PAGADO POR UN RIF, COMO SE PUEDE ACREDITAR?

¿Que formato utilizas?

Se deberia poder en el DyP

Saludos
 
Perfil

NicolasCastilloPerales
Mayor

Mensajes: 1058
Ingresó: Julio 13, 2017
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
03/Jun/19 12:37
Re: SUBSIDIO PARA EL EMPLEO PAGADO POR UN RIF, COMO SE PUEDE ACREDITAR?

Hola de nuevo,

Lumin Oso y Nicolas, les agradezco sus comentarios, así como aquellos que se tomaron el tiempo de leer mi duda, en cuanto a lo que me preguntan les comento:

Lumin Oso: En el Art 111. de la LISR en su antepenúltimo párrafo menciona 'Contra el impuesto reducido, no podrá deducirse crédito o rebaja alguno por concepto de exenciones o subsidios.' Si estoy omitiendo algo, le agradeceré me corrijan.

Nicolas: Las declaraciones las presento en mis cuentas, en el apartado 'Regimen de Incorporación Fiscal' y en la parte de ISR Retenido por Sueldos me aparece:

ISR retenido por salarios
ISR retención por salarios *
ISR por pagar de retención por salarios
Actualización
Recargos
Total de contribuciones
Cantidad a pagar

Como les comentaba, no hay un renglón que me diga 'Subsidio para el empleo'.


Nuevamente les agradezco sus comentarios y su apoyo para no perder estos pagos.

Saludos,





Editado: Junio 03, 2019 12:41:23
 
Perfil

Abril14
Soldado

Mensajes: 14
Ingresó: Abril 06, 2015
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
03/Jun/19 14:01
Re: SUBSIDIO PARA EL EMPLEO PAGADO POR UN RIF, COMO SE PUEDE ACREDITAR?

Existe este tópico tal vez te ayude

https://www.fiscalia.com/modules.php?name=Foros&sop=verTopico&idTema=53129&idCat=10&p=2#322184
 
Perfil

Lumin Oso
Teniente

Mensajes: 353
Ingresó: Enero 22, 2007
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
03/Jun/19 14:22
Re: SUBSIDIO PARA EL EMPLEO PAGADO POR UN RIF, COMO SE PUEDE ACREDITAR?

'Contra el impuesto reducido, no podrá deducirse crédito o rebaja alguno por concepto de exenciones o subsidios.'


En mi opinión, lo citado se ha interpretado erróneamente, porque no se trata de 'crédito', 'exención' o 'subsidio' al contribuyente, tal como ya lo comentaron en el tópico del enlace, inclusive es criterio de no poderse acreditar contra ISR lo publicaron también en una revista de circulación nacional, el cual no comparto.




Editado: Junio 03, 2019 14:24:01
 
Perfil

Lumin Oso
Teniente

Mensajes: 353
Ingresó: Enero 22, 2007
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
03/Jun/19 14:47
Re: SUBSIDIO PARA EL EMPLEO PAGADO POR UN RIF, COMO SE PUEDE ACREDITAR?

Gracias Lumin Oso por el enlace, sabes que si lo había visto, era por eso que comentaba lo de los papeles de trabajo que no me parecían la mejor opción en mi caso ya que no los estoy declarando abiertamente a la autoridad, más no digo que esté incorrecto, ya que si yo tuviera ISR Ret por Sueldos, también lo haría en papeles de trabajo, ya que ambos se originan por pago de sueldos, y mi papel de trabajo y los cfdis de nómina me amparan.

Aún no estoy muy convencida, pero por lo pronto creo que lo mejor sería declararlo en DyP para que quede registrado y viendo ya montos después ver que es mejor si reducir el ISR propio o pedirlo en devolución, que ambos casos me parecen pueden ser más engorrosos en términos de que puedan ocasionar problemas ante la autoridad.

Saludos a todos.
 
Perfil

Abril14
Soldado

Mensajes: 14
Ingresó: Abril 06, 2015
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo


Página: 1