En base a LFT, y por la responsabilidad solidaria, cuando la empresa contratante genere PTU, pero no tenga ningún empleado registrado, es decir que el 100% de sus empleados sean proveídos por la empresa de outsoursing, tengo duda respecto a cómo manejar el pago de la PTU que generó la empresa contratante.
Es decir ¿fiscalmente podrá disminuir el pago de PTU para determinar el resultado fiscal del ejercicio en que se pague?, así mismo ¿deberá dar de alta la obligación de retencion de ISR por salarios? ¿Qué otras consideraciones se deben tener en cuenta para este caso extraño?
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24/May/19 13:13
Re: PTU outsoursing?
Neonato: primeramente tienes una contingencia respecto al outsourcing ya que éste no puede abarcar la totalidad de las actividades, iguales o similares en su totalidad, que se desarrollen en el centro de trabajo por lo cual el contratante se considerará patrón para todos los efectos de la LFT, incluyendo las obligaciones en materia de seguridad social. (arts. 15-A y 15-B, LFT)
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24/May/19 14:28
Re: PTU outsoursing?
Hasta el momento y que yo sepa, no existe una regla o un criterio para como proceder ante estas situaciones; lo mas sencillo es que no se genere PTU pues no hay trabajadores en la empresa contratante. La otra alternativa es que el pago del PTU y los impuestos lo realice la empresa contratista y se lo reembolsa la contratante, siempre y cuando venga en el contrato de outsourcing.