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07/May/19 13:42
Pagos provisionales PM flujo de efectivo

Buen día, Planteo el siguiente caso en busca de su opinión en base a su experiencia ya que mi empresa es de nueva creación.

Somos persona moral en base a flujo de efectivo que nos constituimos en septiembre 2018.
En el pago provisional del mes de enero 2019 tuvimos ingresos altos por una factura liquidada y el habitual promedio de gastos por lo que el importe de ISR a cargo fué alto para nuestros promedios. (El importe a cargo de ISR de Enero 2019 fué de $28,000)
A la fecha no se ha realizado el pago.

Cuando hacemos los cálculos de febrero y marzo 2019 dado que ya no hubo ingresos pero si gastos considerando los importes acumulados el ISR baja muchisimo. (Febrero $8,000 y Marzo $2,000)
Nuestros promedios de pago de ISR son de $2,000 o menos.

En este caso ¿debiera liquidar el importe que salió a cargo en Enero aun y cuando eso vaya a implicar que al final en la anual provocará saldo a favor o tengo alguna otra opción para no descapitalizarnos?

De antemano agradezco su opinión en este tema. Saludos!
 
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GMont
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07/May/19 14:06
Re: Pagos provisionales PM flujo de efectivo

Desafortunadamente tendrías que efectuar el pago de Enero con las cifras que resultaron ya que la opción que se maneja en La Ley del Impuesto Sobre la Renta, considera la reducción de pagos provisionales en el segundo semestre del ejercicio.
 
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CP_PACO
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07/May/19 16:18
Re: Pagos provisionales PM flujo de efectivo

Gracias por su respuesta. ¿Esto aplicaría aun cuando tribute por flujo de efectivo no por coeficiente de utilidad?
 
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GMont
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07/May/19 16:51
Re: Pagos provisionales PM flujo de efectivo

Es correcto, la opción es para PM que utilicen para la determinación de los pagos provisionales el coeficiente de utilidad.
 
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CP_PACO
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07/May/19 18:45
Re: Pagos provisionales PM flujo de efectivo

Hola Gmont

La manera mas correcta y derecha de haber disminuido el impuesto fue haber adquirido mercancias o servicios que utilizarias en tu periodo siguiente, pero el hubiera no existe

Aun que no es lo mas correcto e incluso podría catalogarse como defraudación fiscal (siendo muy extremistas), lo que he visto en la practica, inclusive con empresas que tributan por devengacion (pues hay meses donde hay ventas considerables y fuera de lo común) es que no se presentan los ingresos nominales correctos del mes.

La logica detras de esto es que el ISR es un impuesto anual y es hasta marzo del año siguiente a aquel en el que ocurren los hechos juridicos que dan nacimiento al impuesto cuando se determina correctamente el impuesto, siendo los pagos provisionales precisamento esto, provisionales.

Saludos!



Editado: Mayo 07, 2019 18:48:27
 
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NicolasCastilloPerales
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