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11/Feb/19 14:36
ACUMULABLE EN 2018 o 2019

Buenas tardes.

Un cliente hizo 5 facturas en el 2018 al mismo cliente por un valor aproximado de $ 2,000,000.00

Se entregó material.

En enero 2019 las cancela y las hace de nuevo relacionándolas-- 04 CFDI previos.

Se declararon en el pago provisional de Diciembre...

Mi duda es ... se quedan registradas en diciembre??

O las declaro en Enero 2019 haciendo complementaria de pp de diciembre donde las rebajaría del total de ingresos acumulables.

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mluna
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11/Feb/19 14:55
Re: ACUMULABLE EN 2018 o 2019

Si es PM en diciembre, si es PF las acumularia al momento del cobro.

Artículo 17. Para los efectos del artículo 16 de esta Ley, se considera que los ingresos se obtienen, en aquellos casos no previstos en otros artículos de la misma, en las fechas que se señalan conforme a lo siguiente tratándose de:

I. Enajenación de bienes o prestación de servicios, cuando se dé cualquiera de los siguientes
supuestos, el que ocurra primero:

a) Se expida el comprobante fiscal que ampare el precio o la contraprestación pactada.
b) Se envíe o entregue materialmente el bien o cuando se preste el servicio.
c) Se cobre o sea exigible total o parcialmente el precio o la contraprestación pactada, aun
cuando provenga de anticipos.



Una pregunta; ¿por que se cancelaron?

Saludos

Editado: Febrero 11, 2019 15:01:49
 
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NicolasCastilloPerales
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