19/Dic/18 08:42
Re: Declaracion de sueldos y salarios y constancias
DISPOSICIONES TRANSITORIAS DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA 2014
ARTÍCULO NOVENO. En relación con la Ley del Impuesto sobre la Renta a que se refiere el Artículo Séptimo de este Decreto, se estará a lo siguiente:
X. Para los efectos de la obligación de presentar las declaraciones informativas y constancias establecidas en los artículos 86, fracciones III, IV, VIII, IX, X, XIV, 101, VI, 118, III, V, 143, último párrafo, 144 y 164 de la Ley del Impuesto sobre la Renta que se abroga, se deberá cumplir con dicha obligación en los términos de esa Ley,
a partir del 1 de enero de 2014 y hasta el 31 de diciembre de 2016.
La obligación de sueldos y asimilados a salarios, ya no se encuentra en el artículo 99 de la LEY del ISR para 2017.
'Quienes se creen extremadamente inteligentes son tontos con complejos reprimidos'. Claudia Cardinale