27/Sep/18 15:16
ES OBLIGATORIO PRESENTAR DECLARACIONES DE PF A PARTIR DE OCTUBRE 2018 EN EL APLICATIVO MI CONTABILIDAD?
buenas tardes a todos los foristas me podrian ayudar con la interpretación correcta de esta regla de resolución miscelánea fiscal de septiembre, por su ayuda y comentarios gracias.
2.8.1.23 Para los efectos del articulo 31, primer párrafo del CFF y 41 de su reglamento, las personas físicas que tributen en términos de la sección I, del Capitulo II y Capitulo III del Titulo
IV de la Ley del ISR, ETC , presentaran sus PAGOS PROVISIONALES DEL ISR Y DEFINITIVOS DEL IVA utilizando el Aplicativo 'MI CONTABILIDAD'.
1) la pregunta es obligatorio presentar estas declaraciones en este nuevo aplicativo para PF? en lugar de DYP
2) NO INDICA a partir de que monto de ingresos de esta PF sera obligatorio?
3)si la PF no clasifica los CFDI deberá seguir enviando la contabilidad electrónica y la DIOT? Y SOLO PRESENTAR LA INFORMACIÓN EN 'MI CONTABILIDAD'.
4) SI LAS PF con actividad empresarial y honorarios y las de arrendamiento no tomaron la opción de hacer su contabilidad en la aplicación 'MIS CUENTAS' ahora deberan hacerlo en la nueva aplicacion de 'MI CONTABILIDAD'?
5) esta obligación inicia con el mes de septiembre de 2018 para declarar en octubre de 2018?
por su ayuda y comentarios gracias.