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07/Sep/18 13:08
Facturación ingresos maquiladoras

Buen día,

Normalmente una maquiladora recibe sus Remesas de dinero de forma semanal del extranjero, para poder hacer los pagos correspondientes a nomina y gastos generales y al final del mes realiza su factura de ingresos tomando en cuenta el total de costos y gastos incurridos en el mes, ya sea que use la metodologia de safeharbor o precious de transferencia.

Tengo duda en la maneras correcta que se debe hacer la facturación;

Algunas maquiladoras estan facturando las remesas como anticipos y al finalizar el mes hacen la factura mensual y aplican o relacionan las Remesas recibidas durante el mes. despues de esto hacen una factura de egreso por los anticipos recibidos.

sin embargo recientemente el SAT dió esta postura en donde menciona que no Deben facturarse las Remesas:

“SAT CENTRAL: Buen día, en seguimiento al presente planteamiento, esta Administración Central agradece el tema expuesto e informa lo siguiente: En caso de las cantidades que por concepto de remesas reciban las empresas maquiladoras por parte de su empresa matriz ubicada en el extranjero, no se encuentra obligado a emitir comprobantes fiscales de conformidad con el articulo 29 primer párrafo del Código Fiscal de la Federación, en relación al artículo 76 fracción II de la Ley del Impuesto Sobre la Renta. Dicho ingreso no se considera acumulable para efectos del Impuesto Sobre la Renta conforme a lo que establece el artículo 16 quinto párrafo de la Ley del Impuesto sobre la Renta”.

He ido a diferentes platicas del SAT pero en ninguna logran darme una respuesta concreta de como debe hacerse correctamente la facturación para una maquiladora pura.

Pueden compartir sus puntos de vista o que es lo que están haciendo actualmente con la facturación?

Gracias.
 
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MEXTAX
Capitán Segundo

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16/Sep/18 13:49
Re: Facturación ingresos maquiladoras

Buenas tardes MEXTAX.
Aunque no te de una respuesta concreta y de solución.

Lo que te puedo recomendar es aplicar el criterio del SAT.......es mi opinión.

“SAT CENTRAL: Buen día, en seguimiento al presente planteamiento, esta Administración Central agradece el tema expuesto e informa lo siguiente: En caso de las cantidades que por concepto de remesas reciban las empresas maquiladoras por parte de su empresa matriz ubicada en el extranjero, no se encuentra obligado a emitir comprobantes fiscales de conformidad con el articulo 29 primer párrafo del Código Fiscal de la Federación, en relación al artículo 76 fracción II de la Ley del Impuesto Sobre la Renta. Dicho ingreso no se considera acumulable para efectos del Impuesto Sobre la Renta conforme a lo que establece el artículo 16 quinto párrafo de la Ley del Impuesto sobre la Renta”.
 
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ALLENDE
Teniente Coronel

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23/Jun/21 11:05
Re: Facturación ingresos maquiladoras

Hola MEXTAX,

Podrías compartirnos cual fue la solucion que encontraste para esta problematica de la facturacion de una maquila pura?


Saludos,
 
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jandresrdz
Soldado

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25/Jun/21 19:36
Re: Facturación ingresos maquiladoras

Buenas tardes estimado jandresrdz

En nuestro caso continuamos calculando el ingreso conforme a las reglas que aplican a la maquiladora.

Durente el mes recibimos Remesas del extranjero, estos de facturan como anticipos(PUE), al finalizar el mes hacemos el calculo de ingresos en nuestro caso tenemos un APA, y realizamos una factura de ingreso relacionando los anticipos recibidos (Remesas).

Despues realizamos una nota de credito para eliminar el efecto de los anticipos y que solo quede viva la factura de ingreso que se hizo al final del mes.

Saludos.
 
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MEXTAX
Capitán Segundo

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