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16/Ago/18 18:48
INDEMNIZACION LABORAL PAGADA EN PARCIALIDADES

Hola Compañeros buenas tardes... expongo lo siguiente haber si a alguien le a tocado el caso y como lo han manejado......

Convenio de Pagos de una indemnización laboral sea vía patrón o mediante junta de conciliación:

Un trabajador es despedido, por situaciones de índole económica de la empresa, esta, no cuenta con recursos financieros para cubrir el total de la liquidación, por lo que se acuerda con el trabajador cubrirle su liquidación en pagos parciales mensuales hasta que se cubra el total de dicha liquidación. El despido ocurre en septiembre 2017 y desde ese mes se le empiezan a hacer pagos mensuales al trabajador, terminando de pagarse en Agosto 2018.

1.- cuando emito el CFDI de nómina???
2.- cuando deduce fiscalmente la empresa esos pagos???
3.- Si hay ISR generado de dicha liquidación, cuando se lo cubro al SAT???

Espero alguien pueda colaborarme con su experiencia......

Saludos......
 
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jorge1977
Sargento Primero

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16/Ago/18 20:00
Re: INDEMNIZACION LABORAL PAGADA EN PARCIALIDADES

Buenas tardes.
1.- cuando emito el CFDI de nómina???
2.- cuando deduce fiscalmente la empresa esos pagos???
3.- Si hay ISR generado de dicha liquidación, cuando se lo cubro al SAT???


Puedes emitir un solo pago por el total.

Pero lo que recomiendo es, emitir un CFDI, por cada parcialidad.
La empresa deduce cada mes el CFDI emitido.
Y el impuesto se calcula ( y se paga), por cada parcialidad.
 
PARA CONSEGUIR UN CREDITO; DEBES DEMOSTRAR AL BANCO QUE NO LO NECESITAS.
 
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ALLENDE
Teniente Coronel

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