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30/May/18 16:02
ARRENDAMIENTOS PERSONA FISICA

Buenas Tardes,
Tengo un contribuyente que es Arrendamientos PF y pues no maneja chequera ni transferencias.

mi duda es lo siguiente:
le pueden facturar en efectivo por gastos de remodelacion de locales comerciales.
para así poder meter gastos y no pagar impuestos o pagar lo menos posible y quizás poder solicitar devolución.
Claro si nos conviene y cumplimos con los requisitos ante el sat y no salga peor el caldo que las albóndigas.


Saludos Cordiales.
 
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jesusurias
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30/May/18 16:36
Re: ARRENDAMIENTOS PERSONA FISICA

Para de algún modo poder suplir la deficiencia que tienes de no poder pagar por medios electrónicos las erogaciones superiores a 2 mil pesos y que por ende sean no deducibles, ¿ya analizaste la opción de utilizar la figura de la 'deducción ciega'?

…”Los contribuyentes que otorguen el uso o goce temporal de bienes inmuebles podrán optar por deducir el 35% de los ingresos a que se refiere este Capítulo, en substitución de las deducciones a que este artículo se refiere.
 
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30/May/18 16:48
Re: ARRENDAMIENTOS PERSONA FISICA

Para de algún modo poder suplir la deficiencia que tienes de no poder pagar por medios electrónicos las erogaciones superiores a 2 mil pesos y que por ende sean no deducibles, ¿ya analizaste la opción de utilizar la figura de la 'deducción ciega'?

…”Los contribuyentes que otorguen el uso o goce temporal de bienes inmuebles podrán optar por deducir el 35% de los ingresos a que se refiere este Capítulo, en substitución de las deducciones a que este artículo se refiere.

Seria una opción esa.
la deducción ciega también aplica en el iva para acredita miento de iva?

y si se pueden conseguir facturas de 2 mil pesos o menos los puedo deducir?
considerarlos ante el isr y el iva?
mi duda esta porque me toco este año hacer una declaración anual 2016 de una maestra(Sueldos y Salarios) y me salieron en el sat que los gastos de 2 mil pesos o menos no los podía considerar como deducibles.
y que esto era a partir del ejercicio del 2014.

Gracias y Saludos Cordiales.
 
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jesusurias
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30/May/18 16:58
Re: ARRENDAMIENTOS PERSONA FISICA

Seria una opción esa.
la deducción ciega también aplica en el iva para acredita miento de iva? Puedes considerar el acreditamiento de IVA cumpliendo con todos y cada uno de los requisitos al efecto.

y si se pueden conseguir facturas de 2 mil pesos o menos los puedo deducir? Si
considerarlos ante el isr y el iva? Si aunque tendrías que evaluar que te conviene más, deducción vía facturas o bajo la deducción ciega.
mi duda esta porque me toco este año hacer una declaración anual 2016 de una maestra(Sueldos y Salarios) y me salieron en el sat que los gastos de 2 mil pesos o menos no los podía considerar como deducibles. Las deducciones personales tienen que ser pagadas por medios electrónicos.
y que esto era a partir del ejercicio del 2014.
 
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30/May/18 17:43
Re: ARRENDAMIENTOS PERSONA FISICA

Gracias por sus respuestas,
poco a poco me estoy enrolando.


Saludos Cordiales.
 
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jesusurias
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