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08/May/18 15:20
DEDUCCION PERSONAL EN LA ANUAL-APORTACION COMPLEMENTARIA SAR

Buenas tardes.

En la declaración anual pretendo deducir las aportaciones complementarias al SAR.
Los recibos son quincenales y pretendo relacionar cada recibo . El problema es el siguiente: Que en la información que pide por recibo uno de los recuadros pide 'FECHA DE EMISION ' supongo que es la fecha de timbrado del comprobante, pero como casi todos mi recibos fueron reexpedidos (ingresos por pensión del imss) tienen fecha del 2018 y dicho recuadro solo despliega los meses de enero a diciembre del 2017 no pudiendo anotar ninguna fecha del 2018.
Alguien tiene el mismo problema. En el Chat del SAT me dicen que les ponga fecha del 31 de diciembre de 2017. O les pondré la fecha del pago? Alguna sugerencia?

Gracias de antemano.
 
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09/May/18 09:55
Re: DEDUCCION PERSONAL EN LA ANUAL-APORTACION COMPLEMENTARIA SAR

Buenos días.

Hoy salió en FISCALIA un artículo sobre esto. Gracias!

Cómo deducir las aportaciones complementarias al SAR

Una de las deducciones llamadas “personales” a que tienen derecho todas las personas físicas en su declaración anual, previstas en el Artículo 151 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, es la de las aportaciones complementarias al Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR).

Existen trabajadores que, ya sea por plan de compensaciones patronal o por decisión propia, realizan aportaciones complementarias a sus cuentas de retiro, con la finalidad de reunir una mayor cantidad de fondos para su retiro. Estas aportaciones pueden ser deducibles en su declaración anual.

La fracción V del Artículo 151 referido anteriormente establece, a la letra, que son deducibles:

Las aportaciones complementarias de retiro realizadas directamente en la subcuenta de aportaciones complementarias de retiro, en los términos de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro o a las cuentas de planes personales de retiro, así como las aportaciones voluntarias realizadas a la subcuenta de aportaciones voluntarias, siempre que en este último caso dichas aportaciones cumplan con los requisitos de permanencia establecidos para los planes de retiro conforme al segundo párrafo de esta fracción. El monto de la deducción a que se refiere esta fracción será de hasta el 10% de los ingresos acumulables del contribuyente en el ejercicio, sin que dichas aportaciones excedan del equivalente a cinco salarios mínimos generales del área geográfica del contribuyente elevados al año.

En este sentido, dicha deducción tiene un tope del 10% de los ingresos del contribuyente, o bien de 5 salarios mínimos (ahora UMA) al año, que para 2017 ascienden a $137,694.

Estas aportaciones adicionales se hacen a través de la nómina del trabajador, pues es el patrón que enterará esas cantidades a las instituciones de seguridad social, y dicho descuenta consta en el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) de nómina.

Ahora bien, para llevar a cabo esta deducción en la declaración surge la duda de la manera en que debe capturarse esta información, para lo cual existen dos alternativas:

1. La primera alternativa es capturar un registro por cada recibo de nómina indicando el monto de la aportación y colocando el RFC del patrón, que es quien efectúa el descuento, y señalando como fecha, la fecha del CFDI de nómina.

2. La segunda alternativa es capturar el monto total del año, colocando el RFC del patrón, y señalando como fecha el 31 de diciembre de 2017.

Aunque no hay un pronunciamiento oficial por parte de la autoridad o reglas que indiquen cómo llevar a cabo esta deducción, estas dos alternativas han sido aceptadas por la autoridad.
 
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