25/Abr/18 12:49
INGRESO ACUMULABLE LOS QUE SE TIENEN POR INDMENIZACION DE SEGUROS DE AUTOS
Hola buenos dias, tengo el siguiente caso ( ES UN CASO DEL 2013)
UNA PERSONA fisica actividad empresarial y profesional , recibe una cantidad por indemnizacion por perdida de su auto (cabe señalar que el auto lo compro 3 años antes de que iniciara con actividades por lo que no fue parte del activo nunca) ahora bien recibe 32,000 pesos
estaba revisando en alguna partes comentan que la PF tenia q expedir una factura a la cia de seguros cosa q no se hizo
EL art 109 habla que este ingreso esta exento. se prevé que no se pagará el ISR por la obtención de aquellos ingresos consistentes en las cantidades que paguen las instituciones de seguros a los asegurados o a sus beneficiarios cuando ocurra el riesgo amparado por las pólizas contratadas, siempre que no se trate de seguros relacionados con bienes de
activo fijo pero luego la fraccion XXI En este mismo sentido del mismo artículo señala que no se pagará el ISR por la obtención de los ingresos consistentes en la indemnización por daños que no excedan del valor del mercado del
bien.
por lo que entiendo : Entonces la fraccion XXI me habla sobre bienes y q seria exento siempre y cuando no supere el valor de mercado es asi lo correcto ??
Ahora bien tal dinero se invirtio en el enganche de un auto este se podra deducir??