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16/Abr/18 18:39
INGRESOS RIF + SUELDOS Y SALARIOS

Hola Compañeros buen día... les planteo la siguiente Duda:

Art. 150 de LISR:
150.- Las personas físicas que obtengan ingresos en un año de calendario, a excepción
de los exentos y de aquéllos por los que se haya pagado impuesto definitivo, están
obligadas a pagar su impuesto anual mediante declaración que presentarán en el mes
de abril del año siguiente, ante las oficinas autorizadas.

Obligados a declarar la totalidad de ingresos
En la declaración a que se refiere el primer párrafo de este artículo, los contribuyentes que en el ejercicio que se declara hayan obtenido ingresos totales, incluyendo aquellos
por los que no se esté obligado al pago de este impuesto y por los que se pagó el
impuesto definitivo
, superiores a $500,000.00 deberán declarar la totalidad de sus
ingresos, incluidos aquellos por los que no se esté obligado al pago de este impuesto
en los términos de las fracciones XVII, XIX, inciso a) y XXII del artículo 93 de esta
Ley y por los que se haya pagado impuesto definitivo en los términos del artículo 138
de la misma.

Mi duda es que si obtuve en un ejercicio fiscal ingresos por sueldos y salarios y también tribute como RIF (el ISR es pagado es Pago definitivo) y la suma de esos dos ingresos excedieron de 500,000 pesos, estoy obligado a presentar anual ?????, se que los ingresos por RIF no se declararían en la anual, pero me obliga a presentar la declaración anual por sueldos y salarios ????

Saludos.....
 
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jorge1977
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18/Abr/18 09:48
Re: INGRESOS RIF + SUELDOS Y SALARIOS

Que tal Jorge,

Efectivamente, por los ingresos en RIF se paga un impuesto definitivo de manera bimestral, pero en el artículo 150, que amablemente transcribes, tienes la respuesta a tu duda.
En el tercer párrafo te menciona los ingresos exentos que debes considerar para el tope de $500,000.00 (fracciones XVII, XIX, inciso a) y XXII del artículo 93) y también te menciona los ingresos por lo que pagaste impuesto definitivo que debes considerar (artículo 138), los cuales son ingresos por premios, no por RIF.

En tu caso, estás obligado a presentar declaración anual por salarios sí cumples con algún suspuesto establecido en el artículo 98 de la LISR vigente, o bien, si decides presentarla tú (para lo cual debiste presentar tu aviso en diciembre de 2017 pasado).

Ojala que esta información te ayude a dispersar tus dudas.

Saludos

Editado: Abril 18, 2018 12:56:05
 
'La duda no es sinónimo de inseguridad, pero sí es indicio de sabiduría'
 
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carlos17tello
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18/Abr/18 11:45
Re: INGRESOS RIF + SUELDOS Y SALARIOS

Por supuesto que me despeja la duda.... a veces uno interpreta las cosas de un modo y son de otro......

La duda me surgió porque en un curso de ARGOSCURSA que mire el expositor mencionaba que en los caso de ingresos por Salarios + Ingresos RIF se estaba obligado a presentar declaracion anual por el hecho de tener ingresos de dos capitulos de la Ley..... Art. 98 de LISR (Obligaciones de los contribuyentes) y mas con razón de mas si ambos ingresos rebasaban los 500,000 pesos....

claro únicamente se declararía lo de salarios porque por lo del RIF no hay obligación ni formato, pero te obligaba por esta razón a su presentación.......

Saludos y gracias por tu respuesta.....
 
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jorge1977
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