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09/Abr/18 17:48
ISR PAGO POR SEPARACION LABORAL EN PARCIALIDADES.

Buenas tardes para todos.
Un trabajador presentó su renuncia voluntariamente pues se desea pensionar. Se le cubrirán todas las primas que le corresponden y hasta un poco más. Pero, hemos acordado que el pago se haga en 3 parcialidades diferidas una parte en Abril, otra en Mayo y otra en Junio.

En un principio pensé en realizar un calculo general y el timbrado realizarlo por lo que se pagaba efectivamente y el impuesto a prorrata en cada uno de los 3 pagos.

Hoy pregunté en el Chat del SAT el tratamiento correcto para éste pago, a lo que me respondieron que de acuerdo a lo señalado en el Artículo 6 quinto párrafo del CFF, debería presentar la retención TOTAL del ISR en la fecha en la que se pacta el pago independientemente de que sea en parcialidades o no, dado que se realiza el hecho en ésta fecha, no porque se deba a flujo de efectivo :cool::twisted: Pero en cuanto a los timbres me comentaron que realice los timbres conforme al pago peero.. colocando todo el ISR en el primer timbre, y que ya en el segundo y tercero solo cantidades exentas ya que de eso ya se calculó la retención en el primero.

¿Ésto es así?, no siempre la autoridad responde correctamente.. y la verdad me genera mis dudas.

Gracias.
 
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Ditz
Soldado

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12/Abr/18 20:47
Re: ISR PAGO POR SEPARACION LABORAL EN PARCIALIDADES.

Hola Ditz.
En nuestro sistema de nominas, tenemos 2 campos:
Jubilaciones, pensiones o haberes de retiro en parcialidades EXENTO

Jubilaciones, pensiones o haberes de retiro en parcialidades GRAVADO

Se anota el total, y es independiente de la fecha de los pagos.
El ISR retenido se entera al 100%
 
LA PREPOTENCIA TE HACE FUERTE UN DIA.......LA HUMILDAD PARA SIEMPRE.
 
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vabdo
General de Brigada

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