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23/Feb/18 11:08
Procede multa PP??

Buen día.

PF, con ingresos por arrendamiento, presenta su pago provisional de ISR de Diciembre/2017 el 10/ Enero/2018, por cuestiones administrativas no realiza el pago del impuesto, por lo que procede a presentar una complementaria con fecha del 02/Febrero/2018 que incluye recargos y señala 'vigente hasta 26/Febrero/2018' el pago del impuesto se realiza en bancos el 20/Febrero/2018, el 16/ febrero/2018 llega un requerimiento por dicha obligación

¿Procede multa en este caso?

Gracias por sus comentarios.

Editado: Febrero 23, 2018 11:09:41
 
 
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neonato
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23/Feb/18 11:34
Re: Procede multa PP??

Buenos días:

Si al momento del requerimiento no estaba hecho el pago, la multa procede.

Saludos
 
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JABUS
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26/Feb/18 16:07
Re: Procede multa PP??

Si, las declaraciones se consideran presentadas en el momento de:
1.- Cuando exista saldo a favor o no exista importe a pagar, en el momento de presentacion
2.- Cuando exista importe a pagar, hasta que este sea efectivamente pagado

Lo que podrias hacer, y si es la primera multa, puedes acercarte al SAT a solicitar la condonacion de la multa en vista de que pagaste el principal y los accesorios
 
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fertapm96
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