Hola. En la contabilidad de una escuela particular, el IVA que resulta de los gastos propios de actividad, sería IVA a Favor. Este se puede compensar con el ISR a cargo, ó bien, se tiene que solicitar su devolución o deducir como gasto? Saludos
paco73101 Soldado Mensajes:
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30/Ene/18 19:24
Re: Escuelas Particulares
Buenas noches paco73101
El iva es parte del gasto.
Art.15 IV.- Los de enseñanza que preste la Federación, el Distrito Federal, los Estados, los Municipios y sus organismos descentralizados, y los establecimientos de particulares que tengan autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios, en los términos de la Ley General de Educación, así como los servicios educativos de nivel preescolar.
PARA CONSEGUIR UN CREDITO; DEBES DEMOSTRAR AL BANCO QUE NO LO NECESITAS.
ALLENDE Teniente Coronel Mensajes:
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