23/Ene/18 10:57
Hola,
Mi empresa realiza varios pagos a empresas como Facebook (Irlanda), Google (Irlanda), apps americanas, etc. Estos pagos los hemos hecho sin ninguna retención, sin embargo me gustaría saber si estamos en lo correcto y por qué?
Saludos.
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lizycastle
Soldado
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23/Ene/18 11:24
Re: PAGOS POR PUBLICIDAD
Buen dia.
Para poder realizar la deducción de pagos al extranjero, debemos retener el impuesto conforme el artículo 27, fracción V, de la LISR.
También te recomiendo leer la Regla Miscelánea 2014 I.2.7.1.16.,
Dice:
“para los efectos de los artículos 29, antepenúltimo párrafo y 29-A último párrafo del CFF,
los contribuyentes que pretendan deducir o acreditar fiscalmente con base en comprobantes emitidos por residentes en el extranjero sin establecimiento permanente en México, podrán utilizar dichos comprobantes siempre que contengan los siguientes requisitos:…”
LA PREPOTENCIA TE HACE FUERTE UN DIA.......LA HUMILDAD PARA SIEMPRE.
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vabdo
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26/Feb/18 18:01
Re: PAGOS POR PUBLICIDAD
Cómo e efectua dicha retencion?
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carlos_t
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27/Feb/18 20:01
Re: PAGOS POR PUBLICIDAD
Buenas tardes Carlos.
Emites un CFDI, con los datos de la retención.
LISR Art.76
III. Expedir los comprobantes fiscales en los que asienten el monto de los pagos efectuados que constituyan ingresos de fuente de riqueza ubicada en México de acuerdo con lo previsto por el Título V de esta Ley o de los pagos efectuados a los establecimientos en el extranjero de instituciones de crédito del país, en los términos del artículo 48 de la misma y, en su caso, el impuesto retenido al residente en el extranjero o a las citadas instituciones de crédito.
PARA CONSEGUIR UN CREDITO; DEBES DEMOSTRAR AL BANCO QUE NO LO NECESITAS.
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ALLENDE
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28/Feb/18 09:58
Re: PAGOS POR PUBLICIDAD
Muchas gracias ALLENDE, disculpa mi desconocimiento total del tema.
Me pudieras indicar como emitir el CFDI? Se hicieron varios pagos consireables a FB este mes y quisiera que se pudieran deducir. Qué tasa aplica en este caso?
Editado: Febrero 28, 2018 10:14:49
Editado: Febrero 28, 2018 10:37:51
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carlos_t
Teniente
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28/Feb/18 19:44
Re: PAGOS POR PUBLICIDAD
Buenas noches Carlos.
El ISR (el concepto en pagos referenciados): ISR RETENCIONES POR PAGOS AL EXTRANJERO
El IVA: IVA RETENCIONES
Respecto a la tasa de impuesto......Depende: tienen domicilio en México.?
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ALLENDE
Teniente Coronel
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